Los inductores de actos de corrupción no podrán optar a contratos públicos o ayudas

Las Cortes acuerdan extender las sanciones de la ley de Ética Pública a colectivos y particulares.

Los miembros de la ponencia parlamentaria, reunidos ayer en la Aljafería.
Los inductores de actos de corrupción no podrán optar a contratos públicos o ayudas
Aránzazu Navarro

No solo serán castigados los altos cargos de la Administración autonómica y los empleados públicos que se presten al tráfico de influencias, también los inductores de estas conductas. Así lo acordaron ayer por unanimidad los grupos parlamentarios en la ponencia que estudia el proyecto de ley de Integridad y Ética Pública. Todos estuvieron de acuerdo en extender el régimen sancionador previsto en el texto enviado por el Gobierno de Aragón, que inicialmente solo afectaba al régimen de conflictos de intereses e incompatibilidades. Con los cambios introducidos, también se expondrán a sanciones empresas, otros colectivos considerados lobis y personas físicas, que en caso de tratar de obtener cualquier trato de favor, podrían quedarse sin poder optar a contratos y ayudas públicas por un periodo de entre uno y tres años.

Este es el castigo que se fija en la redacción pactada por los grupos para las infracciones muy graves, entre las que se incluye la "inducción" a un cargo o empleado público a violar los principios de conducta establecidos. Entre ellos está la obligación de rechazar regalos, favores o servicios en condiciones ventajosas, más allá "de los usos sociales", así como evitar cualquier contacto con lobistas no registrados en el listado oficial que se creará. Por su parte, los políticos o directivos implicados en estos casos muy graves o graves tendrán que cesar en su cargo y, en su caso, restituir las cantidades percibidas indebidamente.

En el caso de las faltas graves, los inductores no podrán contratar con la Administración ni recibir ayudas públicas durante un año, y a los lobis se les suspenderá su inscripción en el registro, lo que les impedirá relacionarse con las autoridades de las instituciones sujetas a la ley (diputados de las Cortes, miembros de la Cámara de Cuentas, el Justicia...).

En la ponencia también se aceptó una enmienda del PP, similar a otras planteadas por IU y Podemos, que obligará al Gobierno de Aragón a recabar la autorización previa de las Cortes para pactar indemnizaciones en procesos penales por delitos contra la Administración Pública. El objetivo de esta medida es "garantizar la transparencia en la protección y recuperación de los caudales públicos".

Por otra parte, se rechazó la propuesta de IU para que se tramitaran denuncias anónimas, al entender los grupos que ya se ha dotado de un sistema de protección a los denunciantes. Tampoco salió adelante otra iniciativa de la misma formación que planteaba que los altos cargos o miembros del Gobierno que sean sancionados por una infracción muy grave de esta futura ley quedaran inhabilitados de por vida para volver a ocupar un puesto de este tipo. La mayoría consideró que se trataba de una medida demasiado drástica y se optó por mantener los plazos que ya recogía el proyecto legislativo del Gobierno PSOE-CHA. Se fija un periodo de 5 a 10 años, en función de si causó perjuicios para el interés público o si cobró por actividades incompatibles, entre otros factores.

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