El juez rechaza las medidas cautelares contra los acuerdos del Comité Federal del PSOE

El juez destaca el hecho de que se requiera ahora, de forma "precipitada y confusa", la impugnación de las medidas acordadas.

El magistrado del juzgado de Primera Instancia número 14 de Zaragoza ha desestimado la solicitud de medidas cautelares instada por un militante socialista que reclamaba la suspensión inmediata y anulación de los acuerdos adoptados por el Comité Federal del PSOE, celebrado el pasado 1 de octubre en Madrid.


En la demanda presentada en el Juzgado por el militante Jose Ignacio Martín Maestro requería la adopción de medidas cautelares, la paralización de los acuerdos y que se restableciera provisionalmente la situación existente antes del mencionado Comité en el que presentó la dimisión el hasta entonces secretario general del partido Pedro Sánchez.


En su auto el juez fundamenta su negativa a adoptar las medidas cautelares solicitadas, entre otras razones, en la indefensión que, de adoptarse, se ocasionaría en la parte demandada a la que no se le ha dado la oportunidad de ser oída, han indicado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).


Además, añade el magistrado que en este tipo de procedimientos el demandante debe acreditar de manera suficiente "la directa y efectiva vulneración de sus derechos fundamentales, tanto sobre su participación política en esas decisiones, como el de igualdad ante la Ley".


Y agrega que no es posible sostener la solicitud de medidas cautelares cuando no se aporta "sustento documental alguno del supuesto acuerdo u omisiones que ataca, siquiera el orden del día, ni acta de sesiones a que hace referencia, ni quienes acudieran a la misma, ni cuanto sucediera ni lo que se resolviera, para corroborar el sentido y manera que se relata en el escrito de solicitud".


El juez destaca también el hecho de que se requiera ahora, de forma "precipitada y confusa", la impugnación de las medidas acordadas hace más de quince días y que se quiera ejercitar, a menos de cuatro días de la supuesta reunión de ese mismo órgano en Madrid.


Por ello concluye que "no es el momento oportuno, careciendo de sentido la decisión judicial que se le pide a este juzgador con carácter provisionalísimo y urgente y sin audiencia del Partido Político demandado y del mismo Ministerio Fiscal".

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