Castigo de Hacienda a 17 ayuntamientos aragoneses

Se trata de municipios de Teruel y Zaragoza. En el listado de incumplidores se incluyen, entre otros, Samper de Calanda y Fuendetodos.

La ley es clara: si no se presentas las liquidaciones presupuestarias, Hacienda retiene dinero.
La ley es clara: si no se presentas las liquidaciones presupuestarias, Hacienda retiene dinero.
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La ley de Economía Sostenible no deja lugar a dudas: si las entidades locales no presentan las liquidaciones de sus presupuestos, el Ministerio de Hacienda puede retenerles ingresos a cuenta que dependan de él. Esta normativa entró en vigor en 2011, hace ya cinco años, por lo que ayuntamientos, mancomunidades y otras entidades locales conocen de sobra el mecanismo y a lo que se exponen si incumplen su deber.


Aun así, el departamento que dirige actualmente en funciones Cristóbal Montoro sigue informando de forma periódica de administraciones que obvian esta ley. Recientemente ha dado a conocer una lista actualizada con el nombre de todos los ayuntamientos incumplidores. Son 139 en toda España, 17 de ellos aragoneses.


Su conducta les ha costado la retención de los ingresos a cuenta a los que tenían derecho del total de recaudación de los tributos del Estado, una de las principales fuentes de financiación de los ayuntamientos.


Los ayuntamientos aragoneses que aparecen señalados por Hacienda están situados en las provincias de Teruel (7) y Zaragoza (10). Huesca se salva en esta ocasión, pero en relaciones anteriores también ha aparecido algún municipio oscense. En la mayoría de los casos se trata de poblaciones pequeñas entre las que destaca Samper de Calanda, de 854 habitantes, según el último dato oficial de población.


También Fuendetodos, otro de los consistorios incluidos entre los incumplidores, adquiere una posición diferenciada del resto, al señalar Hacienda que aparece en el listado "por tener pendiente la comunicación de una o varias entidades o sociedades mercantiles que les pertenecen íntegramente".

Listado completo de incumplidores

En Teruel:


Blesa

Castelnou

Martín del Río

Monroyo

Plou

Samper de Calanda

Torre de Arcas


En Zaragoza:


Bordalba

Fuendetodos

Lagata

Lucena de Jalón

Luesma

Moneva

Pleitas

Plenas

Salillas de Jalón

Samper del SalzLa normativa de referencia

Es el punto primero del artículo 36 de la ley de Economía Sostenible el que rige en los incumplimientos del deber de información presupuestaria. Su tenor literal es el siguiente:


"En el supuesto de que las Entidades Locales incumplan la obligación de remitir al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas toda la información relativa a la liquidación de sus respectivos presupuestos de cada ejercicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193.5 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, procederá a retener a partir del mes de junio del ejercicio siguiente al que corresponda aquella liquidación, y hasta que se produzca la regularización de la citada remisión, así como la de las liquidaciones de los ejercicios a los que resulta de aplicación la presente norma, el importe de las entregas a cuenta y, en su caso, anticipos y liquidaciones definitivas de la participación en los tributos del Estado que les corresponda".

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