El Ejecutivo no pone objeción a la proposición de ley sobre espectáculos públicos

La ley fue presentada por los grupos del Parlamento fruto de un acuerdo "unánime".

El Consejo de Gobierno ha decidido no manifestar objeción alguna a la toma en consideración por las Cortes de Aragón de la Proposición de ley de modificación de las leyes de la infancia y la adolescencia y la ley reguladora de los espectáculos públicos de la Comunidad.


En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno extraordinario celebrado este martes, el consejero de Presidencia del Ejecutivo autonómico, Vicente Guillén, ha precisado que esta ley de modificación fue presentada la semana pasada por todos los grupos del Parlamento autonómico fruto de un acuerdo "unánime".


Los cambios que se introducen "no tienen un aumento de crédito, ni de partidas presupuestarias", ha dicho Guillén, que ha deseado que en el próximo pleno de las Cortes de Aragón se pueda tramitar esta norma, para detallar que el objetivo es tanto "la protección de los menores que acuden a espectáculos públicos, como poder garantizar su participación en estos actos culturales, deportivos y festivos".


Por otro lado, el Gobierno de Aragón ha indicado que, a través de la dirección general de Justicia e Interior del Departamento de Presidencia, está resolviendo las alegaciones presentadas al proyecto de decreto por el que se regula la celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias y las medidas para la mejora de la convivencia en la celebración de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas en establecimientos públicos y en espacios abiertos al público.


Este decreto se articula en los cuatro principios básicos de seguridad, la calidad, la convivencia y el fomento y acceso de todos los ciudadanos a los espectáculos, y está estructurado en tres títulos.


El primero se titula 'Disposiciones comunes, en el que aborda el objeto, la finalidad y el ámbito de aplicación y definiciones', el segundo 'Espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias', y el tercero aborda la protección de los menores de edad, personas con discapacidad y consumidores y usuarios en general e introduce cambios respecto a la Ley Reguladora de los Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad.


En cuanto a las medidas de protección al menor de edad, la novedad es que los menores de 16 años que asistan a espectáculos públicos o actividades recreativas cuya hora de inicio sea a partir de las 23.00 horas deberán acudir acompañados por sus padres, tutores o adulto autorizado por éstos, que se hará responsable de su protección.

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