El Museo de Lérida no podrá personarse en la ejecución de la sentencia de Sijena

La juez pone de manifiesto que el Consorcio conocía el procedimiento desde hace tres años y no quiso personarse voluntariamente, sabiendo que había piezas en el museo de Lérida que eran objeto de pleito.

La silla prioral de Sijena, expuesta en Lérida.
La silla prioral de Sijena, expuesta en Lérida.
Javier Blasco/Heraldo

La magistrada-juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Huesca, Carmen Aznar, ha denegado al Consorcio del Museo Diocesano y Comarcal de Lérida la posibilidad de personarse en la ejecución provisional de la sentencia del mismo juzgado por el que se acuerda la nulidad de las ventas de bienes históricos del Real Monasterio de Villanueva de Sijena.


En el auto, con fecha del jueves, 12 de mayo, la juez pone de manifiesto que el Consorcio conocía el procedimiento judicial principal desde hace tres años y no quiso personarse voluntariamente, sabiendo que había piezas artísticas que estaban en el museo de Lérida y que eran objeto de pleito.


En una nota de prensa, el abogado Jorge Español, que representa a los municipios altoaragoneses que reclaman obras de arte a Cataluña, ha señalado que "con impecable criterio", la juez "hace notar la falta de la más elemental diligencia por parte del Museo, que solo ha intentado personarse tardíamente y a su conveniencia, cuando ha conocido que los actores habían ganado el juicio solicitando posteriormente la ejecución provisional de la sentencia".


El Consorcio del Museo Comarcal y Diocesano de Lérida puede presentar recurso de reposición en el mismo juzgado, que resolverá posteriormente, indica el auto.

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