Confirman la condena a un cabo por vender un examen a un cadete en Calatayud

La condena asciende a un mes y quince días de arresto en un establecimiento militar.

Academia de Logística de Calatayud.
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HA

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un mes y quince días de arresto en un establecimiento disciplinario militar contra un cabo primero de la Academia de Logística del ejército en Calatayud que vendió un examen a un cadete a cambio de 60 euros.


El arresto le fue impuesto al suboficial, destinado a la imprenta de la Academia, en enero de 2014, por la comisión de una falta grave relacionada con el incumplimiento de los deberes militares que le correspondían.


Los recursos administrativos presentados por el cabo fueron desestimados sucesivamente en distintas instancias del ejército, hasta la confirmación de la medida disciplinaria, en septiembre de 2015, por el Tribunal Militar Central.


Los hechos imputados al suboficial señalan que el 17 de abril de 2013 vendió a un cadete por 60 euros el contenido de un examen que debía celebrarse al día siguiente.


Un mes después, el cadete fue pillado copiando en otro examen por uno de los profesores de la Academia, lo que motivó la apertura de un expediente disciplinario que desveló los hechos imputados al suboficial.


La referida sentencia fue recurrida por el cabo ante el Tribunal Supremo al entender que se había vulnerado su derecho de defensa al no incluirse en el procedimiento la declaración del profesor que sorprendió al cadete.


El Supremo rechaza la supuesta indefensión alegada por el suboficial al entender que la declaración del profesor ocurrio un mes después y no guardaba relación con la venta del contenido del examen.


Advierte el alto tribunal, además, que la declaración referida obraba en el expediente disciplinario y pudo ser solicitada por el representante legal del cabo.


También descarta las alegaciones vertidas en relación a una supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia del cabo, al afirmar que los argumentos esgrimidos se limitan a referir jurisprudencia sin ceñirse al caso enjuiciado. 

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