La Fiscalía y la defensa recurren ante el TSJA el fallo de Alfredo Romero

El fiscal pidió un año y medio por blanqueo de capitales, mientras que
el defensor del acusado solicitó su absolución.

Alfredo Romero, exdirector de Cultura de la DPZ, ayer, con su abogado Enrique Trebolle.
Alfredo Romero, exdirector de Cultura de la DPZ, ayer, con su abogado Enrique Trebolle.
Oliver Duch

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón celebró ayer la vista oral de los recursos de todas las partes sobre la sentencia contra el exdirector de Cultura de la Diputación Provincial de Zaragoza (DPZ), Alfredo Romero, que fue condenado a 13 meses y medio de cárcel por malversar y blanquear 37.975 euros. Se conoció como el caso catálogos porque se quedó con la venta de los que se hacían para las exposiciones en la DPZ del 2006 al 2012.


El fiscal recurrió la sentencia porque pidió un año y medio de prisión por el delito de blanqueo de capitales, frente a la pena de un mes y medio que impuso el magistrado presidente del Jurado popular, Mauricio Murillo. El ministerio público achaca a un error de derecho imputable al presidente por rebajar dos grados la pena por este delito al aplicarle una atenuante muy cualificada. El fiscal cree que una cosa es que el Jurado hubiera asumido la remisión condicional para el acusado, pero otra bien distinta reducir la pena impuesta a 45 días.


El abogado defensor, Enrique Trebolle, solicitó la libre absolución para Alfredo Romero al entender que no se rompió la presunción de inocencia y había "vacío probatorio" para la condena por la malversación de caudales ni con el blanqueo de capitales. Explicó que era compatible la consignación de 38.000 euros con su oposición. Además, insistió en que la venta de los catálogos de las exposiciones se utilizaba también en "muchos gastos" y el Jurado solo habló de que se apropió "en parte". De hecho, recordó que el Tribunal de Cuentas archivó el caso y asumió que parte de la venta de los catálogos se usó en los gastos.


En cuanto al blanqueo de capitales, el defensor recordó que los ingresos de las cuentas del acusado no procedía de las ventas de los catálogos sino de otras fuentes económicas que llegaban al matrimonio del exdirector de Cultura de la DPZ. "¿Cómo puede quedarse el Jurado algo tan complicado?", se preguntó el defensor Enrique Trebolle.Condena en costas

Por su parte, el representante de la Diputación Provincial de Zaragoza, el abogado Roberto Alcázar, quien ejerció la acusación particular, aceptó la sentencia del Jurado salvo que solicitó al TSJA que se condenara en costas también a Alfredo Romero. A ello se opuso el defensor porque en su opinión se había reclamado fuera de tiempo.


El presidente del TSJA, Manuel Bellido,dio turno a todas las partes para que respondiera a los recursos que hubieran impugnado. El fiscal Enrique Pera recordó al abogado defensor que el recurso contra la sentencia del Jurado popular no se puede convertir en "la nueva valoración de las pruebas" que hicieron en el juicio porque no es una segunda instancia y esta instancia no supone emprender un nuevo juicio.


En esa misma línea, también se opuso a la libre absolución del acusado el letrado de la acusación porque recordó que el Jurado asumió "prueba de cargo" contra Romero cuando se probó que se quedaba con las 1.519 euros de la venta de catálogos de cada una de las 24 exposiciones. "Abría la caja fuerte y recogió el dinero entre 2006 al 2012. Está probado", reiteró.


Asimismo, la acusación particular recordó que el informe pericial de las cuentas corrientes de Romero probaron que de los 149.000 euros ingresados, unos 50.000 tenían procedencia ilícita. "Cuando fue cesado del cargo como responsable de Cultura de la DPZ, ese flujo de ingresos acabó", sostuvo Roberto Alcázar. El defensor recordó que había jurisprudencia de otras audiencias que rebajaban dos grados en casos de blanqueo de capitales, similar al de Romero, para contrarrestar al fiscal.

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