​Aragón y Cataluña se vuelven a enfrentar en los tribunales por las pinturas de Sijena

Los letrados aragoneses esgrimirán una escritura notarial de la priora de la Federación Sanjuanista.

Las pinturas de la sala capitular del monasterio de Sijena en el MNAC de Barcelona.
El MNAC reabre hoy su colección del románico con todas las pinturas del monasterio de Sijena
MNAC

Los letrados del Gobierno aragonés y del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena volverán a enfrentarse este lunes en los juzgados de Huesca a los de la Generalitat y del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) para reclamar la devolución de las pinturas murales del Monasterio de Sijena.


Este proceso tendrá lugar unos pocos días después de dar su visto bueno el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción del Tribunal Supremo a la ejecución de la sentencia de otro juzgado oscense que ordena a Cataluña la devolución de casi un centenar de piezas del patrimonio histórico de este mismo cenobio.


La nueva demanda pendiente de juicio argumenta que la Generalitat catalana no puede acreditar documentalmente la propiedad de las pinturas murales de Sijena, uno de los conjuntos pictóricos románicos más importantes del mundo.


Tras la vista preliminar, celebrada el pasado mes de noviembre, se espera que ambas partes defiendan sus respectivas posiciones con documentos y pruebas periciales cuya evaluación final correrá a cargo de la titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca, encargado de litigio.


Los letrados aragoneses esgrimirán una escritura notarial firmada por la priora de la Federación Sanjuanista en España, antiguas ocupantes del cenobio, de cesión de derechos para reclamar la devolución de las pinturas y un documento de la Conferencia Episcopal Española que autoriza esta delegación de poderes.


En la causa está también como parte codemandada la administración central, a la que desde Aragón se responsabiliza de "inacción" por incumplir órdenes de la Dirección General de Bellas Artes que planteaban que las pinturas debían regresar al monasterio, catalogado como Monumento Nacional.


Como prueba de esta afirmación, los letrados aragoneses aportan órdenes firmadas en 1943 y 1961 por responsables de Bellas Artes que instaban la devolución de las pinturas al monasterio una vez restaurado el inmueble.


Por su parte, los abogados de la parte catalana esgrimirán a su vez una supuesta escritura de cesión de uso de las pinturas a la Generalitat fechado en 1992, así como un contrato de cesión de las mismas, cuya veracidad fue cuestionada por los abogados aragoneses en la vista preliminar.


Además, y a petición del letrado de la Generalitat, se espera que el juicio incluya un debate sobre todo el proceso seguido desde Cataluña para llevar a cabo el traslado de las pinturas con el fin de favorecer su protección, cuidado y restauración.


Según los demandantes, las pinturas no fueron vendidas por las monjas propietarias del monasterio, sino que fueron arrancadas de las paredes de la Sala Capitular al inicio de la Guerra Civil, tras un incendio provocado, y trasladadas a Cataluña con el argumento de que debían de ser protegidas.


Años después, en 1961, fueron extraídas más pinturas de otras estancias del cenobio para su traslado a Cataluña. Según explicó el letrado del MNAC en la vista preliminar por esta causa, la autorización dada al último arrancado de pinturas evidencia que la "verdadera intención" del Estado era que permanecieran bajo el cuidado de la Generalitat, argumento que se rechaza desde Aragón.


Los letrados del Gobierno aragonés y de Villanueva de Sijena insisten a su vez en las órdenes dictadas desde la Dirección General de Bellas Artes en 1943 y 1961 de devolución de las piezas. También argumentan que la legislación de patrimonio establece que los bienes patrimoniales de un monumento nacional no pueden ser desgajados, ya que forman parte de un conjunto "indivisible".


A la espera del inicio del proceso, desde la parte aragonesa se atisba la posibilidad de que el letrado de la Generalitat plantee previamente un conflicto de jurisdicción para tratar de dilatar en el tiempo el proceso.


Una iniciativa procesal que ha rechazado esta semana el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción en relación a la otra causa pendiente de ejecución de sentencia sobre los bienes de este monasterio al entender que al no oponerse inicialmente a la celebración de un juicio civil, la parte catalana había aceptado esta vía como legítima para resolver el caso.

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