El TS admite a trámite el recurso de Aragón para el autoconsumo de energía

El Ejecutivo considera que vulnera la Constitución Española.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso que Aragón presentó impugnando el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas para el suministro de energía eléctrica con autoconsumo y producción con autoconsumo.


El recurso del Gobierno de Aragón está en consonancia con los acuerdos adoptados en la cumbre del clima de París dado que una de las cosas que inciden en la menor huella de carbono es el autoconsumo mediante el uso de energías renovables, fundamentalmente eólica y fotovoltaica, según informa en una nota de prensa el Ejecutivo aragonés.


Todo lo que sea cambiar la producción de energía eléctrica desde el consumo de combustibles fósiles a consumo de energías renovables incide en obtener este objetivo como algo de obligado cumplimiento para todos los países.


El recurso contencioso-administrativo presentado por el Gobierno de Aragón pone de manifiesto la disconformidad del Ejecutivo con determinados aspectos regulados en el Real Decreto y que, a su juicio, conculcarían el ordenamiento jurídico por diferentes motivos.


Los aspectos en los que Aragón se muestra disconforme son: el conflicto competencial al impedir el desarrollo de una política propia por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia energética (contemplado en el Estatuto de Autonomía de Aragón), concretamente energías renovables y apoyo a su producción.


La vulneración del principio de seguridad jurídica al no establecer una metodología para el cálculo de determinadas cargas a los productores para el autoconsumo; el establecimiento de obligación de pago en instalaciones ya existentes.


La naturaleza jurídica de las cargas asociadas que pueden tener una naturaleza tributaria y no se regulan en ley (impuesto al sol), conculcando el principio de reserva de ley establecido para este extremo así como la vulneración de los principios de la normativa comunitaria en materia de energía renovable, de obligado cumplimiento, informa la citada nota de prensa.


Una vez admitido a trámite el recurso por parte del Tribunal Supremo, los servicios jurídicos del Ejecutivo aragonés formalizarán la demanda desarrollando la argumentación jurídica precisa, que deberá ser contestada por la abogacía del Estado. 

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