Lambán impulsa hoy la ley que examinará el patrimonio de sus consejeros y altos cargos

Un informe analizará cuando dejen el puesto si hay indicios de “enriquecimiento injustificado” de los miembros del Gobierno y responsables políticos.

Javier Lambán y el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, en un pleno de las Cortes.
Javier Lambán y el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, en un pleno de las Cortes. Oliver Duch
Oliver Duch

El Ejecutivo PSOE-CHApresidido por Javier Lambán impulsará hoy el anteproyecto de la ley de Integridad y Ética Públicas, la normativa contra la corrupción y el clientelismo pactada con Podemos en julio, y que elevará el control a los miembros delEjecutivo y a los altos cargos. Seis meses después de su cese, se elaborará un informe con todos sus ingresos obtenidos durante el mandato, así como información sobre la situación patrimonial, con el objetivo de determinar si existen "indicios de enriquecimiento injustificado".


Este es uno de los aspectos más destacados de esta normativa, que se tomará en consideración hoy en el consejo de Gobierno que se celebra en el monasterio de Veruela y que llega en plena polémica con Podemos por el momento en que debe dimitir un imputado. En las últimas semanas, el delegado territorial de la DGA en Teruel, Antonio Arrufat, que ha renunciado, y el alcalde de Calanda, José Ramón Ibáñez, han pasado a ser investigados en sendos procesos judiciales.


La ley establece que "un órgano competente en materia de conflictos de intereses" pueda solicitar a los miembros del Gobierno o a los altos cargos toda la información que considere necesario, con la opción de presentar alegaciones en 15 días una vez elaborado el informe.


Si el informe concluyera que se ha producido "enriquecimiento injustificado", se daría cuenta a la agencia de Integridad y Ética Públicas, otra novedad de la ley, que solicitaría la colaboración de la Agencia Tributaria. Si persistieran los indicios, se acudiría a la Fiscalía o a los órganos competentes. Estos informes no serán públicos, a diferencia de la declaración de bienes que presenta cualquier cargo público al cesar­.


Precisamente la agencia de Integridad y Ética Públicas, anunciada por Lambán en octubre, nace con esta ley. Este organismo dependerá de las Cortes, será independiente y con "amplios poderes de investigación y mecanismos de colaboración y coordinación con otras autoridades".


A la espera de que se conozcan hoy los detalles de la ley, está previsto que se endurezcan los criterios de incompatibilidades una vez abandonado el cargo. La normativa, que en principio llegará a las Cortes en diciembre, regula la evaluación de políticas públicas, que corresponde a la agencia, los códigos éticos de los empleados y el código de Buen Gobierno. Fija la obligación de crear un registro de ‘lobbies’ y medidas sectoriales para reforzar el control de la contratación, las subvenciones o el urbanismo.


También establece límites retributivos y mayor transparencia, por ejemplo, para el personal directivo. Se obliga a que dos años después de la entrada en vigor de la normativa se presente un proyecto de ley del Estatuto de los Empleados Públicos, que incluirá las normas para el personal directivo de la administración. Entre otros aspectos, se regula que el personal directivo no podrá tener un sueldo superior a los altos cargos de los que dependa, por lo que no podrán superar la retribución de un consejero. El personal directivo deberá elegirse mediante un procedimiento que garantice la publicidad, entre tres candidatos idóneos, y durante periodos que no sean coincidentes con los de las legislaturas.Traspaso de poderes


La normativa explicita el régimen del Gobierno en funciones, con restricciones a su acción ejecutiva durante este periodo transitorio. Entre otros aspectos, establece que en esa fase, la DGA no podrá autorizar expedientes de contratación que superen los tres millones o subvenciones por un importe superior a 900.000 euros. No se permiten ayudas directas, nombrar o destituir a altos cargos, designar representantes en sociedades o en otros organismos, entre otras limitaciones.


Además, regula la información que debe entregar el Gobierno saliente al entrante. Es más, el jefe del Ejecutivo propuesto por el presidente de las Cortes tendrá derecho a conocer los órdenes del día del Gobierno con anterioridad y se podrá crear una comisión de traspaso en las Cortes para examinar toda la documentación entregada.

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