Un juzgado da la razón a la Universidad al anular la matrícula a un estudiante

La sentencia considera que tenía la enfermedad de Perthes, lo que le impedía iniciar Ciencias de la Actividad Física.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Zaragoza ha dado la razón a la Universidad de Zaragoza de anular la matrícula al joven Héctor B. B. en el grado de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte porque sufre la enfermedad de Perthes (no era un discapacitado) y esas condiciones físicas que tiene le impedían cursar con normalidad los estudios.


La sentencia dictada por el magistrado Javier Albar no acepta el recurso de la familia y considera que el joven no pasó el reconocimiento médico porque tenía limitaciones muy serias y determinaron que no pasaría el examen médico de aptitud física para poder cursar los estudios de Inef. De hecho, el joven sufre las secuelas de la enfermedad de Perthes en la necrosis en la cadera izquierda, que limitan su actividad deportiva, aunque no toda. Por ejemplo, tenía permitidas la bicicleta y la natación.


La sentencia considera que nadie debe ser discriminado por razón de una discapacidad, pero ello exige una serie de acotaciones o matizaciones. Pueden ser características físicas, como talla o de salud, "si bien son discriminaciones que tienen una justificación razonable" a quienes no pueden desempeñar adecuadamente sus funciones o que asumirían un grave riesgo si las desempeñara.


El juez apunta que en el examen del currículo no se acreditó que cursaran estos estudios por personas con enfermedad de Perthes en las universidades de Valencia o Elche. Asimismo, el análisis del informe de la Oficina de Atención a la Diversidad de la Universidad de Zaragoza pone de relieve que ha realizado 42 adaptaciones en este curso por discapacidad física-motora, pero ninguna requirió adaptaciones curriculares relevantes.


La sentencia señala que si se permitiera al recurrente los estudios supondría un riesgo cierto para su salud (el motivo que se adujo en la denegación de la matrícula) y por es no puede ser aceptado ni por la Universidad ni por el Juzgado, aunque el estudiante esté dispuesto a asumirlo. "Lo que se pretende va más allá de los ajustes razonables y la titulación dejase de tener el mínimo exigido", concluye el fallo.

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