La reforma del Código Penal exige a las empresas una ética de conducta y control de delitos

?Ante su entrada en vigor el 1 de julio, la consultora Acertius imparte en la CREA una jornada explicativa sobre cómo adaptarse al cambio.

Evitar que el mal proceder de un empleado o un directivo acabe convirtiéndose en un problema para la empresa castigado con multas e incluso cárcel. Ese fue el objetivo de la jornada explicativa que en la CREA dieron los especialistas de Acertius Suma Capital cuando quedan apenas 15 días para que entre en vigor la ley orgánica –10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, aprobada el pasado 30 de marzo de 2015– que así lo contempla.


La abogada Pilar Hernández, de Acertius y experta en Corporate ‘Compliance’ –un termino anglosajón que define el cumplimiento o acatamiento de una serie de normas éticas– explicó ante los empresarios que la nueva norma "ha venido para quedarse" y que todas las empresas tendrán que tener su código ético y vigilar que se cumpla, así como tener actualizados unos mapas de riesgo con sus respectivas medidas de prevención para que ningún miembro de la plantilla incurra en actos delictivos. Además, el ‘compliance’ recoge la necesidad de tener un canal de denuncia que permita al administrador o ‘compliance officer’ dar la voz de alarma sobre posibles delitos antes de que lleguen a instancias jurídicas y ahorrarle de esta forma dinero a la empresa, dijo.


La letrada advirtió de que al empresario y la empresa se le sumarán, a partir del 1 de julio, los incumplimientos penales a los tradicionales derivados del Derecho civil, administrativo, mercantil o tributario por los que ya tenía que velar. Es decir, al "empresario se le pide tener un control y vigilancia de 22 posibles delitos de corrupción pública, en caso de contratos con la Administración; privada, en caso de que se suscriban con particulares; e incluso internacionales, si exceden el ámbito del país, y no ponen freno a que sus proveedores, por ejemplo, se aprovechen de la explotación infantil.


Resumiendo, insistió la letrada, lo que se exigirá a las empresas, tanto grandes como pequeñas y medianas, cuando la reforma del Código Penal entre en vigor es que "dispongan de un código ético, que lo tengan con carácter previo a la puesta en marcha de la norma, que sea el idóneo para cada organización y que sea eficaz, es decir, que en caso de detectarse algún delito, se pueda actuar contra él en el seno de la empresa".

Auditoría fiscal y también penal

"Antes las empresas tenían una responsabilidad civil y ahora también la van a tener penal. España se adapta así a la normativa europea que afecta a la organización interna de las compañías obligándolas a habilitar un presupuesto y una persona que se encargue de velar, prevenir y detectar posibles conductas delictivas", aclaró, por su parte, Daniel Aparicio, socio de Acertius. A la auditoría fiscal se añadirá ahora la auditoría penal, subrayó. "Las grandes empresas ya tienen su programa de conducta ética elaborado y a personal designado, pero en las medianas y pequeñas hay un gran desconocimiento", dijo. La norma, avisó, "no implica descargarse un formulario de internet y ya está", sino que requiere de profesionales. En este sentido, Pilar Hernández recordó que en EE. UU. y Alemania hay despachos profesionales que prestan este servicio, pero en España "habrá que ir implementándolo con personal muy preparado, independiente y bien pagado".
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