Los cuatro diputados nacionalistas renuncian a su aforamiento

El TSJA tendrá que decidir si lo admite, aunque dicen que se trata sobre todo de un “gesto simbólico”

Los diputados de CHA, a su llegada al TSJA acompañados por el concejal Juan Martín (dcha.).
Los cuatro diputados nacionalistas renuncian a su aforamiento
Guillermo Mestre

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) tendrá que decidir si acepta la solicitud de los cuatro diputados autonómicos de CHA de renunciar a su aforamiento. Su supresión es una de las medidas que despiertan mayor consenso entre los partidos, pero Chunta ha decidido adelantarse, aunque admite que es una acción eminentemente "simbólica". "En política los gestos son importantes para remover conciencias", señaló tras formalizar el trámite el presidente y parlamentario de la formación, José Luis Soro.


Recordó que antes ya renunciaron al coche oficial, publicaron el patrimonio e ingresos todos sus cargos y, en el caso de los concejales del Ayuntamiento de Zaragoza, rechazaron seguir cobrando las dietas por asistir a los consejos de las sociedades municipales. Ahora, han dado un paso más, que no será el último, afirman.


"En la última ejecutiva decidimos que no vamos a esperar a que PP y PSOE se pongan de acuerdo para eliminar los aforamientos", explicó Soro, quien admitió que el Tribunal Constitucional falló en su día que no se podía renunciar a él. Pero "jurídicamente tiene fundamento", defendió ayer Soro. Para ello, se basan en la Constitución, que establece la igualdad de los ciudadanos y por otro, en el Código Civil, que permite renunciar cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros. Además, resaltó que "el Constitucional cuando quiere, cambia de opinión, y las circunstancias han cambiado".


Así lo entiende también Eva Sáenz, profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Zaragoza, quien aclaró que "la teoría general de los derechos de las personas dice que se puede renunciar, pero en el caso de las prerrogativas parlamentarias no se entienden tanto como un derecho personal, sino como garantía del buen funcionamiento de la Cámara". Por ello consideró el Constitucional en 1985 que el senador socialista Carlos Barral no podía renunciar a su inmunidad. "Pero esa doctrina podría modificarse porque cada vez se ve más como un anacronismo que no tiene sentido y además crea distorsiones poco justificables, como que los aforados carecen del derecho a la doble instancia", explicó Sáenz.