La fiscal también reprocha al juez que cierre el caso Naves sin practicar todas las pruebas

Todas las partes personadas, salvo Plaza, recurren su decisión de denegar más diligencias

Solo la actual dirección de la Plataforma Logística de Zaragoza (Plaza), que ejerce la acusación particular en el llamado caso Naves, considera que el juez instructor ha practicado las diligencias suficientes para llegar a la conclusión de que el exgerente de la sociedad pública, Ricardo García Becerril, su exdirector técnico, Miguel Ángel Pérez, el ex viceconsejero de Obras Públicas Carlos Esco y el exdueño de Real Zaragoza, Agapito Iglesias, se pusieron de acuerdo para repartirse 17,8 millones de euros procedentes de los fondos públicos empleados para levantar 119 naves en Plaza. 


El resto de las partes personadas en la causa, incluida la Fiscalía y la acusación popular, ejercida por UPyD, creen, por distintas razones, que debería ordenar más pruebas. En el caso de las acusaciones, para averiguar el destino de la cantidad que tanto ellos como el magistrado entienden que los imputados han defraudado. Y en el caso de los abogados defensores de estos, para demostrar que no es cierto que se llevaran dinero alguno. En sus respectivos recursos de apelación, los letrados de los cuatro imputados reprochan al magistrado Francisco Picazo su «acelerada» instrucción y el «precipitado» cierre de la misma y le dicen que no les ha dado opción a plantear sus pruebas de descargo.


El juez desestimó recientemente la petición de la Fiscalía de que ordenara que designase a un auditor para investigar a qué bolsillos había ido a parar la diferencia entre lo que se supone que fue el coste real de la obra (14,5 millones) y lo que finalmente se facturó (32,3). El magistrado argumentaba que resultaba obvia «la absoluta imposibilidad» de averiguar el destino de la suma presuntamente defraudada, ya que al tratarse de dinero «ilegalmente» obtenido no iba a estar ingresado en una cuenta corriente. 


La fiscal le responde que esta fue una prueba acordada por el propio juzgado –a petición de UPyD–, aunque se lo ordenó a la Agencia Tributaria y esta contestó que no era de su competencia y debía hacerlo un auditor. «Por eso hemos reiterado su práctica ante el órgano competente (...)», le dice la representante del Ministerio Público. En su escrito, le recuerda que cuando se está en la presente fase de la instrucción y son las otras partes acusadoras las que solicitan pruebas, el juez puede acordar lo que estime procedente, pero que cuando se lo pide el fiscal –por que con lo que hay en el caso entiende que no puede acusar– debe acordarlas puesto que su decisión es «vinculante». 


Esta crítica responde a que Francisco Picazo desestimó su petición al considerar que la fiscal pretendía «agotar la instrucción » y, como ya han hecho Plaza y UPyD, cuenta con elementos suficientes para calificar los hechos. En cualquier caso, el juez le informaba de que la prueba que reclama la Fiscalía «tampoco resulta en modo alguno necesaria para la indiciaria constatación de los tipos penales investigados».


Es más, en su desestimación de los recursos presentados por los abogados defensores de los cuatro imputados, les reitera que ya les ha dicho «hasta la extenuación», que no piensa archivar la causa «fuera cual fuera el resultado de las diligencias de descargo solicitadas, al entender que existen suficientes indicios incriminatorios, sin perjuicio de las pruebas que se puedan proponer para su práctica en el juicio oral, (...) lo que, sin más literatura jurídica, orilla cualquier suerte de indefensión».