La DGA ya pide el patrimonio de los dependientes para establecer el copago

Los familiares se quejan de la falta de información sobre la medida recogida en la normativa de 2013.

La DGA ya pide el patrimonio de los dependientes para establecer el copago
La DGA ya pide el patrimonio de los dependientes para establecer el copago
Heraldo

La gestión y modificación de los principios del Sistema de Dependencia aragonés lleva meses levantando ampollas. A la reducción de las prestaciones, las listas de espera para la resolución de los PIAS (Programas Individuales de Atención) y el copago, se suma una queja colectiva de desinformación y ralentización de los procesos de la administración, tal y como denuncian algunos colectivos sociales.


Un año después de que el Gobierno aprobara la nueva regulación de la dependencia de Aragón, familiares y dependientes siguen sin saber de qué forma les va a repercutir. Fue en verano de 2013 cuando el Departamento de Sanidad y Bienestar Social aprobó una orden en la que se regulaban aspectos como la participación económica de los beneficiarios en el coste de los servicios según su renta y también su patrimonio.


En virtud de ello, los dependientes que fueron dados de alta a partir del 20 de noviembre de 2013, (fecha de entrada en vigor de la orden), han ido presentando en los últimos meses sus rentas patrimoniales. Javier Escartín, director del Colegio Oficial de Trabajadores Sociales, asegura que "esta medida solo genera desigualdad y empobrece a los dependientes que hasta ahora solo pagaban por su renta".

"Casi imposible quedarse en el domicilio"


Sin embargo, el copago no es la principal brecha abierta en la dependencia

aragonesa. Según el IMSERSO, casi 8.000 personas en Aragón están esperando una prestación o servicio del sistema de dependencia. Sin contar los 17.000 afectados que, con derecho reconocido a Grado I, tienen que esperar hasta 2015 por el cambio de normativa.


Desde Marea Naranja aseguran que las mayores necesidades del sector se localizan en la espera para resolver los PIAS y en los servicios a domicilio. "No consiste en dar ayudas económicas sino en dar servicios. Hoy por hoy, resolver uno de estos programas individuales para atender a un dependiente en su propio domicilio es casi imposible. Para ingresar en un centro de día o una residencia hay menos problema, a pesar de que en algunas residencias llevan años sin concertar una plaza, pero las unidades de teleasistencia y ayuda a domiclio no se están llevando a cabo". Y aseguran que hay PIAS con una espera de tres años para ser resueltas. Un trámite necesario a la hora de optar a una de estas ayudas.


Se trata de una de las principales reivindicaciones que el colectivo social lleva denunciando desde hace meses. "Hay personas que, teniendo un grado de dependencia y el derecho reconocido de recibir la ayuda, no se les da. O personas que llevan meses esperando para que le determinen su grado de dependencia o elaboren su programa, ", critican.


Pero es la desinformación y la eternidad de los trámites burocráticos los que dicen hacerles sentir "maltratados institucionalmente"y pensar que la orden del año pasado ha agravado todavía más la situación.

Nuevas obligaciones


Una normativa que incorporaba importantes novedades como la clasificación de los tres grados de dependencia o el copago. Este último debe pagarse en función del servicio o la ayuda recibidas y los recursos económicos del dependiente. La contribución nunca debe superar el 90% del coste de referencia del servicio; fijado entre los 1.100 y los 1.600 euros para residencias, 650 euros para centros de día y noche y 14 y 90 euros la hora para servicios de atención personal y domésticos.

Así, la cuantía vendrá determinada por el coste del servicio, la capacidad económica del beneficiario y el tipo de ayuda.


Además, se estipuló que el grado de participación vendría determinado por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, (IPREM), que en el 2014 es de 532,51 euros mensuales. Todos aquellos que dispongan de una capacidad económica inferior están exentos del pago de la mayoría de los servicios. En la norma también aparecía la garantía de que "nadie quedará fuera del sistema por no disponer de recursos".


Pero también recoge la posibilidad del reconocimiento de deuda siempre que la aportación de la persona no sea suficiente para abonar su participación en el coste del servicio. Es decir, una vez fallecido el beneficiario, la administración podrá reclamar la deuda a cuenta del patrimonio que este conservara.