Recortes económicos

La DGA adapta su normativa a la Ley de estabilidad presupuestaria

Las medidas extraordinarias incluyen la supresión de la paga extra de Navidad de los empleados públicos y de las subvenciones para actividades sindicales.

El Consejo de Gobierno ha aprobado este viernes el proyecto de ley de medidas extraordinarias en el sector público de la comunidad autónoma para garantizar la estabilidad presupuestaria.


Entre estas medidas se incluye  la supresión de la paga extraordinaria del mes de diciembre para todos los empleados públicos y la eliminación de subvenciones para actividades sindicales a las organizaciones con representación en los distintos ámbitos sectoriales de la administración de la comunidad, según ha informado el ejecutivo aragonés.


El objetivo es adaptar la normativa aragonesa a las disposiciones del Real Decreto-Ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que contiene diversos cambios en materia de reordenación y racionalización de las administraciones públicas y que como normativa básica es de obligada aplicación a todo el personal del sector público de la comunidad.


Supresión de pagas y recortes en sueldos

El primer grupo de medidas incluidas en este proyecto de ley es el de las retributivas, entre ellas, la eliminación de la paga extraordinaria del mes de diciembre o de las pagas adicionales equivalentes que se aplicará a todos los empleados públicos de la Comunidad y de sus empresas públicas, a excepción de aquellos cuyas retribuciones no alcancen en cómputo anual 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.


Además, se formaliza la bajada de sueldo a la presidenta y los consejeros del Gobierno de Aragón en una catorceava parte-la reducción se prorrateará en las nóminas que restan de este ejercicio a partir de la entrada en vigor de la Ley- y la paga extraordinaria de sus altos cargos y asimilados.


Bajas laborales

También se regulan los recortes de sueldo a funcionarios y personal laboral de baja incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.


Durante los tres primeros días el complemento será del 50% de las retribuciones que se percibían el mes anterior a la incapacidad y del cuarto al vigésimo se reconocerá un complemento que sumado a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social alcance el 75%.


A partir del día vigésimo se reconocerá una prestación equivalente al 100% de lo que se percibía en el mes anterior a la incapacidad.


La Administración determinará los supuestos excepcionales en los que este complemento pueda ser del 100% desde el inicio de la incapacidad, como venía ocurriendo hasta ahora.


Prolongación voluntaria de la vida laboral

El proyecto de ley incluye otras disposiciones, como la referida a las solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo, que resolverá la administración aceptándolas o denegándolas atendiendo a criterios organizativos, funcionales o presupuestarios.


La aceptación estará supeditada a la realización de un reconocimiento médico y se concederá por un año, siendo objeto de revisión anual.


Estas condiciones se aplicarán tanto a las nuevas solicitudes como a las de los funcionarios que ya la tuvieran concedida o, habiéndola solicitado, no haya sido objeto de resolución todavía en uno u otro sentido.


Supresión de las subvenciones sindicales

Otra de las medidas que se incluyen en este texto -que será objeto de tramitación parlamentaria en las Cortes de Aragón- es la no concesión durante 2012 por parte del Ejecutivo autónomo de subvenciones para la realización de actividades sindicales a las organizaciones con representación en los diferentes ámbitos sectoriales de la administración de la comunidad autónoma.