Sanidad

El Salud resolverá dudas sobre el copago farmacéutico a través de la web y por teléfono

En la Comunidad se aplicarán los mismos siete códigos previstos para las recetas en el resto del país con los datos fiscales que la Consejería ya tiene volcados en su sistema informático.

El consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, Ricardo Oliván
Oliván prevé externalizaciones de servicios y recortes en el gasto farmacéutico
JOSE MIGUEL MARCO

El departamento de Sanidad del Gobierno aragonés resolverá las dudas que se planteen sobre el copago farmacéutico a través de su web  y de su teléfono de atención al usuario (902 555 321). El consejero Ricardo Oliván ha informado esta mañana en rueda de prensa sobre la aplicación del copago en Aragón, una medida que supondrá que muchos usuarios paguen más por los medicamentos recetados en la Sanidad pública.


Cuando los pacientes acudan al médico y este les prescriba cualquier tipo de tratamiento, en la parte derecha de las recetas aparecerá un código asignado en función de su renta. En la Comunidad se aplicarán los mismos siete códigos previstos para las recetas en el resto del país con los datos fiscales que la Consejería ya tiene volcados en su sistema informático.


De momento, se seguirán utilizando las mismas recetas verdes (con aportación) y rojas (pensionistas) al objeto de liquidar el ‘stock’ almacenado. Posteriormente, todas ellas serán de color blanco.

La diferencia

La única diferencia en las recetas serán los códigos. A partir de ahora, cuando se haga una prescripción en la consulta, ya sea impresa o por receta electrónica, automáticamente aparecerá el código del usuario. Este código variará según la situación económica del paciente. El paciente simplemente tendrá que ir a la farmacia con la receta expedida por su médico y el farmacéutico observando el código le cobrara en función de su grupo.


No es necesario cambiar de tarjeta sanitaria, la identificación de la aportación de farmacia estará en la receta y no debe hacer ninguna gestión relacionada con su tarjeta.


El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha desarrollado una Base de Datos de Asistencia Sanitaria, que constituye el sistema de información base para el control del derecho a la asistencia sanitaria a través del Sistema Nacional de Salud. El INSS comunicará a través de la Base de Datos de Usuarios del SNS el nivel de aportación que corresponda a cada usuario, actualizando la información en coordinación con el Ministerio de Hacienda.


A día de hoy ya se ha completado los cruces de bases de datos entre el INSS y Hacienda, por lo que los usuarios ya tienen asignada una aportación farmacéutica. Aragón ya dispone de estos ficheros enviados por el Ministerio por lo que se está procediendo en estos días a volcar esos datos a la base de datos de Usuarios de Aragón.


Grado de aportación a la receta según la renta:



Trabajadores



A partir del 1 de julio

Con renta inferior a 18.000 euros al año, 40% Con renta de entre 18.000 y 100.000 € al año, 50% Con renta superior a 100.000€, 60%Pensionistas y jubilados

Con pensión contributiva inferior a 18.000 € al año 10% (máximo de 8 € al mes) Con pensión contributiva de entre 18.000 y 100.000 € al año 10% (máximo de 18 € al mes) Con pensión contributiva de más de 100.000 euros al año 60% (límite de 60 € al mes)

Pensiones no contributivas


Los que reciban pensiones no contributivas no tendrán que pagar nada.


Parados

Parados que cobren subsidio de desempleo, 40% Parados que no cobren subsidio de desempleo mientras se mantenga esta circunstancia, 0%

Otros

Mutualistas y clases pasivas (funcionarios del Estado, Fuerzas Armadas...), 30% Afectados de síndrome tóxico, 0% Personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica, 0% Perceptores de rentas de integración social (IAI), 0% Tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional, 0%

Los códigos


La información sobre el porcentaje de aportación figurará en las recetas oficiales, en la parte superior derecha de las mismas, mediante el siguiente esquema:


■ Código TSI 001 para los usuarios exentos de aportación

■ Código TSI 002 para los usuarios con aportación reducida de un 10%

■ Código TSI 003 para los usuarios con aportación de un 40 %

■ Código TSI 004 para los usuarios con aportación de un 50 %

■ Código TSI 005 para los usuarios con aportación de un 60 %

■ Código ATEP para las recetas de accidentes de trabajo o enfermedad profesional

■ Código NOFIN para las recetas de medicamentos y productos sanitarios no financiados

Reintegro del gasto


El importe de las aportaciones que excedan de las cuantías mencionadas en el apartado anterior será objeto de reintegro por la comunidad autónoma correspondiente, con una periodicidad máxima semestral.