D. C. ZARAGOZA

Multas de hasta 1.500 euros en La Puebla por hacer botellón en la vía pública

El Ayuntamiento alfindeño aprueba su ordenanza cívica, que prevé también sanciones de hasta 3.000 euros por colocar carteles, por pintar grafitis o por organizar apuestas.

Como hicieran meses atrás otros municipios del entorno metropolitano como Villanueva de Gállego o Villafranca de Ebro, también La Puebla de Alfindén se apunta a la ordenanza cívica. En su caso, el documento aprobado recoge un abanico de sanciones más amplias, entre las que se incluye hacer botellón en la calle. Esta polémica actividad está sancionada con hasta 1.500 euros.

 

El pleno alfindeño aprobó de forma definitiva este reglamento municipal el pasado 5 de noviembre, aunque no ha salido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia hasta hace tres días.

 

El "objetivo principal" de la ordenanza es, tal y como aparece al principio del texto aprobado, "preservar el espacio público como un lugar de civismo". Y erigirse asimismo en una "herramienta efectiva" para afrontar las "nuevas situaciones y circunstancias" que puedan "alterar" la "convivencia", lo que "se está produciendo últimamente en La Puebla".

 

De todos los apartados, probablemente el más llamativo sea el que regula el consumo de bebidas alcohólicas en la calle. El reglamento solo lo prohibe cuando cause molestias a los vecinos y si se hace en "envases de cristal o de lata", excluyendo como es lógico terrazas y veladores de los bares. En este caso, la sanción mínima va de 30 a 100 euros. La multa aumenta a un máximo de 500 euros si el individuo no deposita los recipientes utilizados en papeleras o contenedores. Y alcanza un máximo de 1.500 euros cuando, entre otros supuestos, el botellón provoque situaciones de insalubridad o si se observa la afluencia de menores o la presencia de niños y adolescentes.

 

El consumo de alcohol en la calle no incluye, sin embargo, las sanciones de mayor calado. Pintar grafitis u otro tipo de inscripciones en el espacio público acarrea multas de entre 1.500 y 3.000 euros si se realiza en edificios protegidos. Además, el Ayuntamiento cargaría a los responsables el coste de limpiar las pintadas. Y una sanción idéntica se prevé para la colocación de carteles o de pancartas, incluidos los anuncios publicitarios, en este tipo de inmuebles catalogados. Según la ordenanza, solo se pueden pegar rótulos en los lugares habilitados.

 

Necesidades fisiológicas

Otro apartado se reserva para los que hacen sus necesidades fisiológicas en la calle, algo que estará multado con un máximo de 300 euros, cantidad que se incrementará a entre 750 y 1.500 euros cuando se realice en espacios concurridos o en los que haya menores o bien en edificios protegidos.

También se incide en la práctica de juegos en el espacio público, actividades sometidas "al principio general de respeto a los demás". Se prohiben, eso sí, las "acrobacias con bicicletas, patines o monopatines", y se considerará sanción grave (de 750 a 1.500 euros de multa) si se pone en peligro la integridad física de los vecinos.

 

La ordenanza cívica también hace alusión a las actitudes vandálicas, como los destrozos de elementos públicos. Si generan un riesgo para las personas están sancionadas con hasta 3.000 euros.

 

Tender la ropa o instalar el aire acondicionado de forma que se vean desde la vía también está prohibido, aunque tan solo se penaliza con un máximo de 300 euros.