COMARCAS

La Audiencia condena al ex alcalde de Alhama a diez años de inhabilitación

El fallo considera a Pedro Lacruz autor de un delito continuado de prevaricación por apartar de su puesto de trabajo al secretario municipal, incumpliendo las normas

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado al ex alcalde de Alhama de Aragón, Pedro Lacruz, a diez años de inhabilitación para el empleo o cargo público como autor de un delito continuado de prevaricación por apartar de su puesto de trabajo al secretario municipal, Pascual García, incumpliendo las normas e incluso de forma reiterada. En la actualidad, Lacruz continúa como concejal en la oposición por el PAR (aunque cuando fue alcalde lo hizo por el PSOE).


Los hechos comenzarno el 24 de mayo de 2005, cuando el entonces alcalde acordó mediante providencia incoar un expediente disciplinario al secretario y separarlo del servicio. Este documento fue notificado el mismo día en que se acordó la separación de su trabajo y el secretario abandonó su puesto (al que no volvió hasta junio del año 2007, tras unas elecciones que en las que el pacto CHA, PSOE y PP arrebató la Alcaldía a Lacruz).


El 25 de mayo de 2005, el secretario solicitó el amparo de la Delegación del Gobierno en Aragón. Dos días después, el organismo autonómico requirió a la Alcaldía que anulara el acuerdo por el que se suspendía al secretario y lo reintegrara en su puesto. Pero no pudo hacerlo porque ese día, al llegar al ayuntamiento, le dieron las vacaciones.


La sentencia considera que los acuerdos adoptados por el alcalde lo fueron de forma "dolosa, con clara consciencia y a sabiendas de la injusticia de la resolución, es decir, sabiendo y teniendo constancia de lo injusto de las distintas resoluciones que dictaba, por ser las mismas contrarias a la Ley". Y añade que es prueba de ello la conducta "persistente y pertinaz" del acusado, el cual -dice- "hizo oídos sordos a los requerimientos que le efectuaban desde la Delegación del Gobierno en Aragón y el Ministerio de Administraciones Públicas, así como a los diferentes autos dictados en procedimientos contencioso-administrativo, a instancias del Abogado del Estado y del propio querellado".


En cuanto a que sea un delito continuado, el tribunal explica que "la lectura de los hechos probados muestra una pluralidad de resoluciones arbitrarias con un propósito único que es la definitiva separación del servicio del secretario-interventor del Ayuntamiento de Alhama". Y subraya que, cada vez que debía reintegrar al secretario, el acusado incoaba un nuevo expediente "con el evidente objetivo de mantenerlo separado del servicio activo".


El abogado de la acusación, Enrique Trebolle, solicitaba también tres años de prisión por un delito de falsedad en documento público por considerar que el alcalde falseó la fecha de emisión de un documento. Sin embargo, la Audiencia ha estimado que en esta situación falta el elemento de dolo o imprudencia grave en su conducta, por lo que le absuelve de este segundo delito. Previsiblemente, su abogado defensor recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo.