VALDEJALÓN

Desestiman una demanda por la ocupación de cinco hectáreas en el Alto de La Muela Norte

La magistrada reconoce sin embargo que los denunciantes, que reclaman 7,5 millones de euros, fueron desposeídos de este terreno.

Los tribunales han dado de nuevo la espalda al grupo de vecinos que denuncian la ocupación de más de cinco hectáreas de su propiedad en la urbanización Alto de La Muela Norte, donde está previsto que se construyan 1.575 viviendas. El Juzgado nº2 de Instrucción de La Almunia reconoce que los demandantes -que reclaman 7,6 millones de euros- han sido desposeídos del terreno, pero sostiene que ni el Ayuntamiento muelano ni la junta de compensación, contra los que está interpuesta la querella, son poseedores del suelo reclamado. La vía judicial, en cualquier caso, sigue abierta.


La actual sentencia es muy similar a otra que salió a la luz a comienzos del año pasado, por una denuncia similar presentada en el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo y que fue posteriormente recurrida. Entonces, el juez ya consideró "acreditada" la "usurpación" de los más de 50.000 metros cuadrados.


El sector residencial objeto de controversia está situado al norte del casco urbano muelano, en el extenso balcón sobre el polígono de Centrovía, y posee unas espectaculares vistas de Zaragoza. En total, tiene unas 105 hectáreas de superficie. El principal propietario -con la mitad del terreno más o menos- es la promotora Fuentecanal, del Grupo Progea, aunque tanto el Consistorio como la sociedad urbanística de La Muela tienen una gran porción de suelo (alrededor del 20%).


La zona ya está completamente urbanizada desde hace más de un año. Esta tarea fue llevada a cabo por Arascón. Sin embargo, no ha habido nuevos movimientos desde entonces, y de hecho aún no está construido el sistema de evacuación de vertidos.


Se da la paradoja de que uno de los tres demandantes, David Laviña Pinilla, es concejal por el PAR -responsable del área de Deportes- en el Consistorio muelano, y que tiene además propiedades en esta urbanización. Los otros dos denunciantes son Genaro Pinilla y José Carlos Lóbez


Tanto el Ayuntamiento como la junta de compensación ya alegaron durante el juicio, celebrado hace dos meses, la "excepción procesal" por la "falta de legitimación pasiva", y ahora la juez les da la razón. En su sentencia, la magistrada apunta a tres requisitos para que prospere la acción reivindicatoria. La tercera de ellas, "que la acción se dirija contra el detentador actual" del objeto, es la que incumple la demanda. "En ningún momento han poseído la finca, limitándose a dar cumplimiento y a ejecutar los planes de ordenación urbana previamente aprobados", refleja el documento.


Una puerta abierta


Sin embargo, la juez deja abierta una puerta a los denunciantes: un apartado del Código Civil que regula la accesión invertida, destinada a casos en los que resulta "acreditado que los demandantes han sido desposeídos de parte de un terreno de su propiedad".


Por último, y tras rechazar como es lógico la indemnización solicitada, la magistrada justifica la no imposición de costas con el hecho de que "de las diligencias de prueba practicadas en el acto del juicio" se "deduce" que los propietarios han sido efectivamente desposeídos del terreno, aunque reitera la "falta de legitimación pasiva de los codemandados".


La acusación, representada por el letrado Luis Martín Mareca, ya ha anunciado que apelará la sentencia ante la Audiencia, y que ejercitará asimismo la accesión invertida que regula el Código Civil para solicitar la indemnización.


Las cinco hectáreas que reclaman forman una extensa lengua de terreno en el borde de la plana, precisamente los puntos que mejores vistas ofrecen. Dos peritos y un guarda forestal llamados para testificar por la acusación confirmaron que sí había habido ocupación de suelo.