El Andorra-RZD Aragón se jugará con público

El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol ha levantado de forma cautelar el partido de sanción impuesto al estadio Juan Antonio Endeiza tras los incidentes que se produjeron en el exterior entre el público y el árbitro del encuentro Andorra-Teruel del pasado 12 de octubre.

Imagen de un encuentro del Andorra de la temporada pasada.
Imagen de un encuentro del Andorra de la temporada pasada.

El Andorra contará finalmente con el apoyo de su afición en el encuentro que le enfrentará el próximo domingo a las 16.00 con el RZD Aragón. El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha decidido suspender la sanción de un partido que pesaba sobre el Juan Antonio Endeiza en tanto no se resuelva sobre el fondo del recurso interpuesto por el club minero. El cierre parcial, acompañado de una multa de mil euros y el apercebimiento de clausura en caso de reincidencia, fue impuesto por el Juez Único de Competición del grupo XVII de Tercera División tras los incidentes que tuvieron lugar en el exterior del estadio una vez finalizado el encuentro del 12 de octubre que enfrentó al Andorra con el Teruel.

Al parecer, más de una hora después de la conclusión del partido, el colegiado del mismo, Bitor Inazio Asensio, fue agredido por un aficionado que le propinó un puñetazo y una patada. El club turolense no niega los hechos, pero apunta que la responsabilidad sobre la seguridad del trío arbitral extramuros de las instalaciones deportivas no es suya, sino de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Por su parte, el Juez Único, que tipifica los hechos como graves, aunque valora positivamente que tanto el delegado como varios directivos del club protegiesen al agredido, apoya su decisión en el código disciplinario de la RFEF, que establece que cuando con ocasión de un partido se altere el orden o se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo, salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva para evitar tales.