seguridad vial

Zaragoza, una de las ciudades en las que se imponen multas por encima de la ley

La organización Automovilistas Europeos Asociados explica en un comunicado que no se están aplicando los márgenes de error legalmente establecidos para las mediciones de velocidad realizadas por el sistema de fotocontrol.

El Ayuntamiento de Zaragoza, junto a los de La Coruña, Alicante, Murcia, Valencia y Valladolid, está imponiendo sanciones por exceso de velocidad por encima de las previstas en la Ley de Tráfico.


Así lo denuncia Automovilistas Europeos Asociados (AEA), organización especializada en defensa del automovilista, que ha realizado un estudio que desvela que la Dirección General de Tráfico (DGT), el Servei Catalá de Transit, el Gobierno Vasco y numerosos ayuntamientos, están imponiendo a cientos de miles de conductores sanciones por encima de la Ley.


Sin embargo, AEA señala que entre los ayuntamientos que aplican correctamente la ley están los de Madrid, Barcelona, Bilbao, Córdoba y Málaga.


AEA advierte que desde el pasado 24 de mayo se están imponiendo sanciones que en muchos casos triplican la cuantía legalmente prevista y están quitando más puntos de los estipulados en la Ley.


"La razón de esta grave ilegalidad se encuentra en la errónea interpretación que distintas administraciones con competencia en materia de tráfico están haciendo de la nueva Ley de Tráfico", afirma el presidente de AEA, Mario Arnaldo.


El nuevo cuadro de sanciones previsto en su Anexo IV, agrega Arnaldo, "se está aplicando directamente sin tener en cuenta los márgenes de error que la Ley de Metrología obliga a aplicar en las mediciones de velocidad obtenidas por radares"


Como garantía del procedimiento sancionador en materia de tráfico, el art. 70.2 de la nueva Ley de Tráfico establece expresamente que "los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología y su normativa de desarrollo."


Dentro de ese control metrológico de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, la Orden del Ministerio de Industria /3699/2006, de 22 de noviembre, contempla la aplicación de un margen de error máximo de un 4%, si se trata de un radar fijo, o de un 7%, si se trata de uno móvil, en las verificaciones periódicas a que están sometidos los radares (al menos una al año) y para mediciones superiores a 100 km/h.


Así, el margen de error máximo que podría tener un radar móvil que captara un vehículo circulando a 155 km/h con límite de 120 km/h. sería de 10,8 km/h, que descontado de la velocidad controlada nos daría un exceso neto de 24 km/h.


El problema surge cuando las distintas administraciones aplican directamente el nuevo cuadro de multas sin descontar el margen de error legalmente previsto, ya que en lugar de imponer una sanción de 100 euros prevista para los que se exceden en 24 km/h del límite de 120, están aplicando el tramo sancionador superior de 300 euros y la pérdida de 2 puntos del permiso de conducir contemplada para un exceso de 35 km/h.


Para evitar los problemas jurídicos que una errónea interpretación de la ley pudiera causar a los conductores, AEA realizó en el año 2006 AEA una consulta al Centro Español de Metrología -máxima autoridad en España en control metrológico de los radares- a fin de que aclarar, en primer lugar, si existía homologado algún radar en España que diera corregidos los resultados obtenidos al captar los excesos de velocidad La respuesta a esta cuestión fue negativa, según la organización de defensa del automovilista y dejó "muy claro" que "con el error dado en el certificado de ensayo se realiza la corrección de las lectura que el cinemómetro marca, asegurando así el valor estimado de la velocidad que lleva el móvil".


"Es decir, que sobre lo que marca la fotografía hay que aplicar los márgenes de error legalmente establecidos para cada radar", concluye AEA.