INDEMNIZACIÓN POR LESIONES A UNA PACIENTE

Indemnizan a una paciente de Zaragoza con 100.000 euros por secuelas tras una prueba

El Salud ha indemnizado a una mujer por las lesiones ocasionadas tras una pruba de urología realizada en el Hospital Clínico en 2005.

El Servicio Aragonés de Salud (Salud) ha indemnizado con 100.000 euros a una mujer por las lesiones ocasionadas tras una prueba médica realizada en el Hospital Clínico de Zaragoza.


La sentencia condenatoria, que no ha sido recurrida por ninguna de las dos partes, ha sido dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ha informado el abogado Ricardo Agóiz, de los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente.


Los hechos se remontan al año 2005 cuando la afectada, natural de Zaragoza, acudió a su médico de cabecera por una leve incontinencia urinaria. La paciente fue remitida por su médico al Hospital Clínico Lozano Blesa (Zaragoza), donde se le practicó una prueba de urodinámica en junio de ese mismo año.


Después de esa prueba médica tuvo que acudir a Urgencias en varias ocasiones, debido a que tenía necesidad constante de orinar, escozor y dolor, precisando ingreso hospitalario, han agregado las mismas fuentes. Las molestias se han hecho permanentes y le han ocasionado problemas tanto en su vida laboral como cotidiana.


Por ello, la mujer solicitó ayuda a la asociación El Defensor del Paciente y, mediante el abogado Ricardo Agóiz, presentó una reclamación administrativa ante el Gobierno de Aragón.


El Informe del Inspector Médico del Gobierno de Aragón negó la relación entre el acto médico y las secuelas permanentes que actualmente tiene la paciente. Sin embargo, y ante esta negativa, la paciente interpuso una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.


La sentencia ha estimado el planteamiento de la demandante manifestando que «cabe extraer la conclusión de que el actual estado de la paciente en parte es atribuible a su patología anterior y en parte a la práctica del estudio urodinámico de junio de 2005» .


Y añade que «la incontinencia previa fue agravada por la intervención de junio de 2005» y que, «teniendo en cuenta todos los factores señalados, se fija la cantidad de 100.000 euros como indemnización».


Según el letrado, dentro de la motivación de la sentencia se incluye que el Servicio de Urología del Hospital Lozano Blesa de Zaragoza comunicó a la dirección del Hospital que, desde finales de junio de 2005, se habían suspendido los estudios urodinámicos tras haberse detectado varios episodios de cistitis hemorrágica en pacientes sometidos a este tipo de pruebas.