TRANSPORTE URBANO

Multas de hasta 1.300 euros en Teruel por viajar en bus sin billete o bebido

El reglamento de transporte, aprobado por unanimidad, prevé también adaptar las paradas a personas discapacitadas.

Un usuario del bus muestra la tarjeta electrónica del abono para jubilados, una innovación que ha acabado con el uso fraudulento de esta tarifa.
Multas de hasta 1.300 euros en Teruel por viajar en bus sin billete o bebido
A. G.

Viajar en el autobús urbano de Teruel sin billete, bajo los efectos del alcohol o utilizando abonos subvencionados fraudulentamente comportará una multa de entre 250 y 1.300 euros, según el reglamento del transporte colectivo de viajeros aprobado por unanimidad en el último pleno municipal y que califica estas infracciones de graves. La normativa regula la utilización del bus tanto por parte de los usuarios como de la compañía encargada del servicio, Tezasa.

El reglamento, que, según el concejal delegado de Transportes, José Navarro, se limita a aplicar criterios de «sentido común», prohibe subirse al bus portando bultos que el pasajero no pueda llevar encima, con animales sin la debida protección -salvo los perros guía para invidentes- o bajo los efectos del alcohol o drogas.

El concejal de Transportes explicó que la aprobación del reglamento municipal permitirá dar «una respuesta rápida» en caso de que se produzca algún conflicto en la utilización el autobús. El edil señaló que la normativa refuerza los derechos de los usuarios y también la autoridad de los conductores de los vehículos.

El reglamento del transporte prohibe viajar solos a los menores de 9 años y permite a los menores de 4 subirse gratis acompañados de adultos. Según esta regulación, en ningún caso podrán coincidir en el bus más de un pasajero en silla de ruedas con dos carritos de bebé y tendrán preferencia los primeros sobre los segundos.

Los pasajeros deberán comportarse en el autobús con respecto a las normas de convivencia y no podrán dirigirse al conductor cuando el vehículo esté en marcha salvo por cuestiones relativas al servicio. Está también prohibido fumar, comer o consumir bebidas alcohólicas, así como la mendicidad o la venta ambulante. Por su parte, la empresa se compromete a mantener los vehículos en buenas condiciones.

Se considera infracción muy grave, multada con entre 1.300 y 2.500 euros, impedir el acceso al bus a una persona de movilidad reducida, se califican como graves -con multas de entre 250 y 1.300 euros- viajar sin billete, usar abonos de jubilado o estudiante fraudulentamente y no facilitar el acceso al bus a una persona de movilidad reducida mediante la rampa. Pese al montante de las multas (en Zaragoza, por ejemplo, viajar sin billete se castiga con 6 euros), Navarro alegó que las sanciones previstas «no tienen afán recaudatorio» y se limitan a adaptar al caso de Teruel la normativa aragonesa, aunque con «redondeos a la baja». En la graduación de la multa se tendrá en cuenta la reincidencia, los perjuicios causados o la intencionalidad.

El presidente de la Federación de Asociaciones de Vecinos San Fernando, Isidoro Esteban, explicó que, sin entrar a valorar la cuantía de las multas, una regulación que «refuerza la seguridad de los usuarios y de los conductores es positiva».

José Navarro explicó que entre las infracciones más frecuentes detectadas figura la utilización de abonos para jubilados -subvencionados en un 60%- por el Ayuntamiento por personas que no tenían derecho a este beneficio. Sin embargo, con la reciente introducción de la tarjeta electrónica para este abono este fraude se ha reducido notablemente.

Paradas para discapacitados

El reglamento se sometió a un proceso de información pública y, fruto de él, se modificó para incorporar la voluntad de adaptar todas las paradas a personas con discapacidad, aunque sin precisar plazos. Además, se sustituyó el término minusválido por discapacitado.