Los cigarrillos electrónicos deberán llevar alertas sanitarias

Tres años después de que se prohibiera su uso en transportes, colegios y hospitales, estos productos se equiparan al tabaco tradicional

La OMS considera que la información existente sobre los cigarrillos electrónicos es insuficiente.
Cigarrillo electrónico

Los cigarrillos electrónicos deberán llevar advertencias sanitarias en sus empaquetados, como desde hace años llevan los diferentes productos de tabaco tradicional. El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto para trasponer la normativa europea sobre la materia que entro en vigor el 19 de mayo de 2014. Bruselas, entonces, otorgó dos años de plazo para que los Veintiocho llevaran a sus leyes nacionales este dictamen. Sin embargo, la Comisión Europa dio un aviso a seis estados -entre ellos, España- a finales de 2016 por la lentitud en llevar a cabo esta trasposición. Fuentes ministeriales adujeron entonces que el texto comunitario "no era preciso" en algunos aspectos.

Con este texto, es la segunda vez que se regula el uso de los cigarrillos electrónicos en España, acercando su normativa a la del tabaco tradicional, una petición de los médicos y del Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo. Hace tres años, el Congreso aprobaba que estos productos no se pudieran usar en el transporte ni en las cercanías de colegios y hospitales, como el tabaco normal. Ahora, la trasposición se encarga de su continente y su contenido. De esta manera, los 'e-cigarrillos' y sus envases deberán llevar advertencias sanitarias en un 30% de la cara exterior y deberá tener seguridad para niños. En cuanto a los líquidos, deben contener como máximo 20 mg/ml de nicotina y los cartuchos desechables o los depósitos recargables podrán ser como máximo de dos mililitros; por otra parte, los envases de líquido para la recarga no podrán contener un volumen superior a diez mililitros.

Asimismo, se establece un mecanismo de seguridad automático en la Unión Europea. Si se notifica un caso de riesgo en al menos tres estados, la Comisión Europea puede prohibir el producto en el resto de los países. Unas medidas, junto a las aprobadas en 2014, que para el sector son demasiado duras. "España regula el cigarrillo electrónico más estrictamente que ningún otro país. Podemos hablar de hiperregulación en toda regla", indica la Asociación Nacional del Cigarrillo Electrónico, que considera además que las "cargas administrativas" va a lastrar la recuperación del sector.

Medidas tomadas

Otra de las novedades del real decreto es la regulación de las hierbas de fumar, un producto con un precio similar al de una cajetilla normal, pero del que se puede sacar hasta el doble de rendimiento. "Constituye una puerta al inicio del tabaquismo, sobre todo entre los jóvenes", apunta el Ministerio de Sanidad. A partir de la publicación en el BOE, deberán incluir una advertencia sanitaria sobre los aspectos nocivos del tabaco que ocupe el 30% del continente.

Las empresas dedicadas a este producto adelantaron este cambio a los pocos meses de aprobarse la directiva. Algo similar ocurrió con las grandes tabaqueras con los avisos escritos y en imágenes. Ahora son de obligado cumplimento en las caras anterior y posterior con una superficie del 65% para los cigarrillos y bolsas de picaduras y textos en los laterales ocupando la mitad de la superficie. La marca debe aparecer en la parte inferior del paquete. Aquellas cajetillas con menos de 20 unidades y bolsas de tamaño pequeño de picadura quedan prohibidas. Lo que no cambian son los niveles máximos de emisión de alquitrán en diez miligramos por cigarrillo, de nicotina en un miligramo por cigarrillo y de monóxido de carbono en diez miligramos por cigarrillo, así como las referencias a los métodos analíticos. Y quedan prohibidos todos esos productos con aromas característicos, vitaminas, cafeína o taurina que enmascaran la nicotina.

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