Nueve pasos para conocer los cambios del código penal en la última década

Desde que se aprobó el texto inicial en 1995, y tras numerosas reformas parciales, el 1 de julio de 2015 entró en vigor el nuevo Código Penal.

Los condenados que hayan cumplido su pena pueden pedir que se borren sus antecedentes.
Los condenados que hayan cumplido su pena pueden pedir que se borren sus antecedentes.

Desde su aprobación, el Código Penal español ha sufrido hasta una treintena de reformas, siendo su última versión la que entró en vigor el pasado 1 de julio del 2015, cuando, después de un intenso debate se incorporaron 400 de las más de 2.000 enmiendas presenta- das y rectificando un total de 200 artículos.


En esta última versión, destacan numerosos cambios que actualizan algunas de las penas contenidas en el mismo y que han hecho desaparecer otras tantas, como por ejemplo las faltas –que pasan a ser infracciones administrativas o delitos leves– o el límite de duración de las medidas de seguridad.


No hay que dejar de lado que esta ley orgánica engloba las normas jurídicas punitivas de nuestro país, así como las diversas penas económicas o privativas de libertad aplicables a aquellas personas que cometan alguno de los delitos que se enumeran en la misma.


Algunas de las reformas del Código Penal Condena revisable. Aunque se podrá alargar durante toda la vida del recluso, pasado un periodo de 25 a 30 años se evaluará si la persona puede quedar en libertad. Para políticos. Contempla la financiación ilegal de partidos políticos, castigando con cárcel a aquellos que acepten o entreguen elevadas sumas de dinero a los mismos. Mínimo, dieciséis. Se eleva la edad de consentimiento sexual a los 16 en pos  de  mejorar la protección de los menores, sobre todo, en casos de prostitución infantil. Delitos en la red. Aunque la grabación sea con consentimiento de la víctima, compartir vídeos  íntimos en la red es delito, llegando a castigarse con pena de cárcel. Maltrato animal. Por primera vez, se tipifica la explotación sexual de   animales,  las peleas de gallos o de perros y, además, se agravan las penas para los que los abandonen. Sin antecedentes. Los condenados que hayan cumplido su pena pueden  pedir  que  se borren sus antecedentes, aunque antes deberán pasar seis meses sin volver a delinquir. Robos y hurtos. La reforma aumenta la persecución de algunos delitos, tales como butrones, alunizajes, ladrones de cobre o de aquellos ciudadanos reincidentes. Fuera de España. Un ciudadano de la Unión Europea podrá ser expulsado de manera excepcional si se considera que es una amenaza grave para la seguridad pública. Nuevos límites. Con esta reforma, la responsabilidad penal de las personas  jurídicas queda delimitada y, además, aclara los supuestos en los que incurría en algún delito.-Más información en la 'Guía práctica del Asesoramiento Jurídico y Financiero'