Las hipotecas multidivisas: préstamos de alto riesgo.

Muchos clientes suscribieron el crédito para su hogar en yenes o francos suizos sin saber que la fluctuación de los tipos de cambio podría suponerles un coste demasiado alto.

Manifestación en Madrid en 2013 convocada por la plataforma de Afectados por las Hipotecas.
Las hipotecas multidivisas: préstamos de alto riesgo.
V. Lerena/Efe

Las denominadas hipotecas multidivisas se comercializaron en nuestro país al calor del ‘boom’ inmobiliario de los años precedentes a la crisis económica. Como ocurrió con otros productos bancarios (acciones preferentes, hipotecas con cláusulas suelo, ‘swaps’, etc) en muchas ocasiones las entidades de crédito vendieron estos productos a sus clientes como un producto seguro, sin explicar e informar suficientemente a estos de los riesgos que asumían. Los clientes recibían un préstamo en una moneda extranjera (yenes o francos suizos fueron las más comunes) y se obligaban a devolverlo en esa misma moneda, aplicándole un tipo de interés variable: Libor más un diferencial.


El principal atractivo para los clientes que suscribieron estas hipotecas residía en que el tipo de interés de referencia era el Libor (en lugar del Euribor), que ofreció durante mucho tiempo una mejor cotización y, por tanto, unos menores intereses a pagar. Sin embargo, lo que los clientes no siempre conocían y sobre lo que las entidades de crédito no advirtieron en muchos casos fue que este potencial beneficio podría quedar neutralizado, incluso –como así ha ocurrido- suponer unas enormes pérdidas, como consecuencia de los riesgos que estaban asumiendo al suscribir estas hipotecas en moneda extranjera.


El riesgo más evidente es el siguiente: quien recibe un préstamo, por ejemplo en yenes, para afrontar deudas en euros y se obliga a devolver ese préstamo en esa misma moneda (o en otra divisa de su elección) tenderá a pensar, salvo que se le explique lo contrario, que el capital que debe es una suma prefijada que ha quedado determinada en euros y que, como tal, solo podrá modificarse a la baja, en mayor o menor medida, al restar las cuotas amortizadas. Es decir, tenderá a pensar que el capital prestado es de los euros que necesita y que se irá reduciendo en función del contravalor en euros de los yenes pagados. Asumirá, pues, el riesgo de que la fluctuación de los tipos de cambio perjudique el valor en euros de las cuotas amortizadas. Este riesgo puede tener una doble representación mental para quien realiza el esfuerzo en euros: con la misma cantidad de euros se podrá amortizar menos capital, si el tipo de cambio es desfavorable al euro; o para mantener el mismo nivel de reducción de capital será preciso aportar más euros, lo que se traduciría en una subida de la cuota.


Sentencias a favor del cliente


Ahora bien, además de este riesgo, existe otro más importante asociado a la fluctuación de los tipos de cambio, que explica que, pese al pago de las cuotas y pese a que estas retribuyen capital e intereses, el capital del préstamo puede que no se reduzca, sino que se incremente, y es que el tipo de cambio se aplica no solo a las cuotas periódicas de amortización, sino que supone también un recálculo constante del capital prestado, que no es una cantidad fija, sino una representación en la moneda extrajera (yenes –siguiendo con el ejemplo–) de los euros recibidos que se recalcula cada mes en función del tipo de cambio.


Los factores que intervienen en las variaciones de los tipos de cambio en el mercado de divisas son factores que por su diversidad, ajenidad y especialidad no están al alcance de la información generalmente accesible para un consumidor y cliente minorista. Por este motivo, nuestros jueces y tribunales han dictado ya numerosas sentencias declarando nulos estos préstamos por falta de información y transparencia, cuando las entidades de crédito no han informado expresa y específicamente a sus clientes sobre los riesgos que asumían. Una vez más, nuestros tribunales corrigen con acierto los errores bancarios –y en ocasiones abusos– que habían dejado a muchas familias indefensas ante hipotecas que nunca podrían haber pagado.