Plantean que los directivos de mutuas cobren más que el ministro de Empleo
el caso de las Mutuas se encargará al Ministerio de Empleo que las clasifique
En concreto, la Cámara Alta ha modificado este aspecto de modo que el sistema retributivo del director gerente finalmente no estará referenciado a los salarios de los directores gerentes de entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social (con el límite del ministro), sino que quedará limitado por el mismo régimen que el resto de directivos del sector público empresarial. Dicho decreto de marzo de 2012 estipula límites de 55.000, 80.000 y 105.000 euros como retribuciones básicas, según los tres grupos diferenciados de entidades, clasificadas en función del número de trabajadores o el volumen de negocio, entre otros criterios. Por eso, también en el caso de las Mutuas se encargará al Ministerio de Empleo que las clasifique por grupos en función de su volumen de cuotas, número de trabajadores protegidos y eficiencia en la gestión.
Esta división se utilizará para determinar el número máximo de responsables ejecutivos que podrán tener. Una vez realizada esta clasificación, las retribuciones básicas del director gerente y del resto de personal ejecutivo incluirán una retribución mínima y una complementaria, estipulada por la Junta Directiva.