A PARTIR DEL 2 DE ENERO

Veto definitivo al humo en los bares y restaurantes

El Congreso aprobó ayer la ampliación de la ley antitabaco, que también prohíbe fumar en los accesos de hospitales y centros educativos y en los parques infantiles.

Leire Pajín sonríe en su escaño del Congreso, durante la votación sobre la ley antitabaco, ayer.
Veto definitivo al humo en los bares y restaurantes
CHEMA MOYA/EFE

Adiós definitivo al humo en bares, restaurantes y todos los espacios públicos y de ocio cerrados. También en las puertas de hospitales, colegios, universidades y parques infantiles. Fumar en estos lugares será ilegal a partir de las cero horas del próximo 2 de enero. Ese domingo entrará en vigor la modificación de Ley Antitabaco aprobada ayer por el Congreso. No habrá excepciones con zonas de fumadores en bingos, casinos y salas de juego como las de los aeropuertos, como pidió el PP en las enmiendas que planteó en el Senado reclamando cubículos para fumadores. Sí se aprobó que las tiendas de conveniencia de las gasolineras puedan vender tabaco, lo que supondrá más puntos de venta de esta droga legal con una norma endurecida que pasa por ser una de las más restrictivas de Europa.


Abanico de multas

Para los infractores, la nueva norma -"necesaria e histórica" dijo la Ministra de Sanidad, Leire Pajín- contempla multas desde 30 euros para infracciones leves asiladas, de 10.000 euros para las graves y de hasta hasta los 600.000 para las muy graves y continuadas. Pajín aseguró a los hosteleros que "no se quedarán sin clientes". Al contrario, vaticina crecimientos en el sector como los registrados en Reino Unido o Italia tras prohibir fumar en bares y restaurantes.


Tras la tregua de nochevieja al humo, quedará prohibido fumar en todos los locales de hostelería, ocio y uso público cerrados. Tampoco se podrá fumar me los espacios al aire libre o cubiertos comprendidos en los recintos de centros sanitarios y educativos. En el ámbito de la hostelería se permitirá fumar en terrazas, entendiendo por zona al aire libre, "todo espacio no cubierto o espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos".


No se podrá fumar en los recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, "espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores".


Quedan a salvo de la prohibición los clubes privados de fumadores, entidades con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro y que no tengan entre sus actividades u objeto social la comercialización o compraventa de bienes o productos consumibles. A estos clubes no podrán entrar menores.


En los hoteles se podrá reservar hasta un 30% de habitaciones para fumadores, siempre las mismas y separadas del resto. En las cárceles, psiquiátricos y centros de mayores o discapacitados se permitirá fumar en las zonas exteriores señalizadas o en salas habilitadas y con ventilación independiente. También se permite fumar en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes.


No habrá exenciones fiscales para los hosteleros que realizaron obras en cumplimiento de la anterior Ley, que entró en vigor en 2006, y que era otra de las reclamaciones del PP que se han tumbado. Sí se autoriza la venta de cigarrillos naturales sueltos, tal como se reclamaba desde Canarias.


Pajín recordó en el Congreso que cada año mueren 50.000 personas España a causa de enfermedades asociadas al tabaco, 1.200 de ellas fumadores pasivos.