Los países del UE que incumplen los límites de contaminantes en el aire deben actuar

Países como Reino Unido o España sobrepasan el margen de dióxido de nitrógeno en sus atmósferas.

Los países que incumplen los límites europeos de contaminantes en el aire están obligados a pedir una prórroga a Bruselas y a presentar un plan que demuestre cómo van a respetar esos límites, ha dicho  el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


Desde 2010, la normativa europea exige a los países mantener el dióxido de nitrógeno en sus atmósferas por debajo de un límite, pero si éste se supera pese a poner en marcha medidas adecuadas para reducir la contaminación tienen que pedir una prórroga para evitar una multa.


Así, aquellos países incumplidores pueden pedir margen hasta 2015 si presentan un plan de calidad del aire en el que se demuestre de qué modo van a reducir la contaminación para mantenerla por debajo de los límites europeos.


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclaró que aquellos países que incumplen los límites están obligados a solicitar esta prórroga si, aunque se aplican medidas adecuadas, todo apunta a que no van a lograr reducir la contaminación del aire en la medida necesaria.


La sentencia recalca que no existe ninguna excepción a esta norma.

El caso, que se centra en los niveles de contaminación en varias zonas de Reino Unido, incluido Londres, podría tener consecuencias para otros países que sobrepasan los límites impuestos en la normativa europea de calidad del aire, como España, explicaron fuentes de la Comisión Europea.


"Por eso es tan importante, ahora un ciudadano puede decidir llevar a un país ante el Tribunal de Justicia y pedir que cumpla con las normas", añadieron.


La Comisión Europea, que está analizando en detalle la sentencia, señaló en un comunicado que ésta "parece confirmar el deber de todos los Estados miembros de proteger a los ciudadanos europeos y cumplir los estándares de calidad de aire en un tiempo razonable".


La Corte con sede en Luxemburgo responde a una cuestión planteada por un tribunal de Reino Unido, país que superó los topes fijados para el dióxido de nitrógeno en 40 de las 43 zonas establecidas en la correspondiente directiva comunitaria.


En septiembre de 2011, las autoridades británicas presentaron a la Comisión Europea planes acompañados de solicitudes de prórroga de plazo para 24 de las 40 zonas, para las que se pensaba que los valores límite se respetarían antes del 1 de enero de 2015.


En cambio, no pidieron ninguna prórroga para las 16 zonas o aglomeraciones cuyos planes de calidad del aire preveían que el cumplimiento de los valores se alcanzaría entre 2015 y 2025, es decir más allá de la fecha límite.


La ONG ClientEarth pidió a los tribunales británicos que exigieran al Gobierno la revisión de esos planes para indicar de qué manera se respetarían los límites para el dióxido de nitrógeno con la mayor celeridad posible, como muy tarde, el 1 de enero de 2015.


En la sentencia dictada los jueces precisan que el mero hecho de haber elaborado un plan de calidad de aire no es suficiente para considerar que el Estado ha cumplido las obligaciones derivadas de las normas europeas.


Por último, la sentencia señala que cuando un Estado miembro no ha cumplido los valores límite y no ha solicitado la prórroga del plazo, corresponde al tribunal que conoce el asunto adoptar frente a la autoridad nacional las medidas necesarias para que ésta elabore el plan exigido, de manera que el periodo de superación de los valores sea lo más breve posible.


El abogado de ClientEarth que lleva el caso, Alan Andrews, afirmó que es un "día brillante para aquellos que sufren de los desastrosos efectos que tiene la contaminación del aire en la salud, ya que significa que los ciudadanos pueden pedir responsabilidades a sus Gobiernos si no actúan para mejorar la calidad del aire".


"La sentencia significa que los países tienen que aumentar sus esfuerzos para hacer frente a la contaminación del aire", señaló por su parte Arne Fellermann, de la ONG European Environmental Bureau.