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Reclama al Supremo la aplicación de la doctrina Botín para archivar la causa contra el juez.
El último cartucho de la Fiscalía para impedir que el Tribunal Supremo juzgue a Baltasar Garzón por prevaricar en la investigación de los crímenes del franquismo ha abierto un nuevo debate jurídico. ¿Están Falange y Manos Limpias legitimadas para sentar al juez en el banquillo de los acusados? Para el Ministerio Público, la respuesta es clara: no. Y así se lo hace saber al magistrado instructor de la causa, Luciano Varela, que el pasado 7 de abril resolvió que "ha lugar a proceder" contra Garzón por abrir el primer proceso penal a la dictadura franquista.
En coherencia con la postura que ha mantenido hasta ahora la Fiscalía en la causa contra el juez, en la que no acusa y pide el archivo de las actuaciones, el escrito que remitió ayer al Supremo pide el sobreseimiento de la causa y pone de manifiesto las contradicciones del magistrado Varela en otros procesos similares.
El Ministerio Público se ampara para negar legitimidad a Falange y Manos Limpias para enjuiciar a Garzón en la denominada 'doctrina Botín. Esta tesis fue aplicada por la Sala Penal del Supremo en una sentencia de diciembre de 2007, por la cual se impidió el procesamiento del presidente del Santander con la única acusación de la acción popular, ya que por entonces ni la Fiscalía incriminó ni existía la acusación particular (afectados directos) en el proceso.
Una situación similar a la que se vive ahora en la causa contra Garzón. Por tanto, el fiscal considera que el instructor Varela debió instar el sobreseimiento de las actuaciones en su auto del 7 de abril. "Opinar lo contrario sería tanto como afirmar que la acusación popular cuenta con mayores facultades procesales (...) que la acusación particular y la Fiscalía, órgano constitucionalmente encargado de velar por el interés público y social", asegura el escrito.
En el particular toma y daca entre el fiscal y Varela, el primero no deja pasar la oportunidad de constatar las contradicciones jurídicas en las que ha caído el magistrado en sus resoluciones. Recuerda ahora la postura que tuvo el instructor en el fallo por el que el Supremo condenó al que fuera presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, en 2008, en la que emitió un voto discrepante. El ex dirigente del PNV fue inhabilitado por un delito de desobediencia al negarse a disolver la formación ilegalizada Sozialista Aberzaleak. Una decisión que derivó en la denominada doctrina Atutxa, ya que, a diferencia de la doctrina Botín, aquí si hubo proceso y condena con la única acusación de la acción popular, en este caso Manos Limpias.
La Sala Penal del Supremo argumentó entonces que, al no existir afectados directos por el tipo de delito, la mera presencia de la acción popular validaba el procesamiento. Una situación idéntica a la del caso de Garzón.
La Fiscalía rememora que Varela discrepó entonces de aquella doctrina, que ahora estaría aplicando con el juez de la Audiencia. Y así lo hizo saber en su voto discrepante. Sin embargo, el escrito del Ministerio Público oculta un dato clave: que el propio instructor también disintió en su momento de la doctrina Botín, ya que defendía que limitaba la acción de la acusación popular. Es probable que el juez saque a relucir esta postura para contestar a la Fiscalía.
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