Las mascotas dejarán de ser cosas y existirá custodia compartida en caso de separación

El PP lleva al Congreso de los Diputados una proposición de ley para introducir estas y otras modificaciones en la ley encaminadas a aumentar la protección de los animales.

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Los animales de compañía dejarán de ser considerados cosas en el Código Civil.
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España está cerca de dar un paso más por los derechos de los animales. Si la lógica parlamentaria se impone, y hoy por hoy nada hace dudar de ello, próximamente las mascotas dejarán a un lado su actual status jurídico de cosas para pasar a ser considerados seres dotados de sensibilidad. Como tales, su condición cambiará diametralmente en procesos de separación, ya que los jueces podrán decretar la custodia exclusiva para uno de los cónyuges o un régimen de visitas y horarios.

La razón de ser de estos cambios normativos hay que buscarla en la edición del pasado 13 de octubre del Boletín oficial de las Cortes Generales. Este documento parlamentario incluye una proposición no de ley firmada por el Grupo Parlamentario Popular para modificar el actual régimen jurídico de los animales en el Código Civil, la ley hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Es este un cambio que demanda desde hace tiempo el sector animalista y que ya se ha llevado a acabo en varios ordenamientos jurídicos de nuestro entorno. Sin ir más lejos, en Portugal entraron en vigor en mayo de este año cambios normativos en este sentido.

Todo parece indicar que la proposición de ley del PP saldrá adelante porque esta formación tiene mayoría en el Congreso y la oposición, a grandes rasgos, comulga con la propuesta popular. De hecho, el pasado mes de febrero se aprobó por unanimidad en el Congreso una proposición no de ley presentada por Ciudadanos en la que se instaba al Gobierno a promover reformas legales para crear una categoría especial en el Código Civil que considerara a los animales "seres vivos dotados de sensibilidad" y no como objetos. Esta iniciativa parlamentaria contó con el respaldo del Observatorio de Justicia y Defensa Animal, que llevó al Congreso 243.000 firmas pidiendo cambios en el Código Civil.

La proposición del PP, que quedó admitida a trámite por la Mesa de la Cámara Baja el pasado 10 de octubre, cambiará varios puntos del Código Civil. Por ejemplo, el título del Libro Segundo, que hoy se llama 'De los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones' y pasaría a llamarse 'De los animales, los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones'. El artículo 333, el primero de este Libro Segundo, quedará totalmente desconocido: donde hoy se afirma que "todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles" se dirá que "los animales son seres vivos dotados de sensibilidad", que el propietario de un animal "puede disfrutar y disponer de él respetando su cualidad de ser dotado de sensibilidad, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie" y que los dueños de una mascota podrán ser indemnizados si un tercero le causa daños graves o la muerte. De la misma forma se tendrán que modificar varios artículos más del Código cuyo tenor literal considera cosas a los animales

Un avance ya ejecutado en el Código Penal

La exposición de motivos que incluye la proposición de ley del PP tacha de "paradójico" el hecho de que el Código Penal ya distinga, desde el año 2003, entre los daños a los animales domésticos y a las cosas, y sin embargo "el Código Civil sigue ignorando que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad". Con este cambio normativo se quiere avanzar, e incluso ir más allá, en la línea ya ejecutada por países como Austria, Alemania, Suiza o Portugal.

"En nuestra sociedad actual los animales son, en general, apropiables y objeto de comercio entre los hombres. La relación de la persona y el animal sea este de compañía, doméstico, silvestre o salvaje, es una relación de propiedad privada [...] si bien ha de ser modulada por la cualidad de ser dotado de sensibilidad sobre la que recae dicha propiedad. Así, tanto las facultades de uso y disfrute del animal, como la de disposición sobre el mismo han de respetar tal cualidad, de modo que el propietario ha de ejercitar dichas facultades atendiendo al bienestar del animal, evitando el maltrato, el abandono y la provocación de una muerte cruel e innecesaria", añade la exposición de motivos.

Los jueces podrán decretar custodia compartida

El cambio normativo que quiere introducir el PP no se limita al status jurídico: también se quiere regular el papel de los animales en los procedimientos de embargo o en las disoluciones de matrimonios o parejas de hecho. En este sentido, el texto de la proposición de ley propone que el apartado 'c' del artículo 90 del Código Civil, por el que se detalla el contenido del convenio regulador de una nulidad, una separación o un divorcio incluya el destino de los animales de compañía "teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal, pudiendo preverse el reparto de los tiempos de disfrute si fuere necesario".

Así las cosas, la autoridad judicial competente en cualquier proceso de separación con mascotas de por medio podría confiar el cuidado de las mismas a uno o ambos conyúges atendiendo "al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal". Es decir, se considera la custodia compartida para animales.

Un caso de este tipo se dio en Aragón hace unos meses, cuando una joven demandó a su exnovio por la custodia de sus perros. La defensa de la chica siempre pidió la toma en consideración de la modificación del Código Civil para que los animales dejaran de ser considerados cosas.

La proposición del PP deberá ser tomada en consideración por el Pleno del Congreso en las próximas semanas.

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