La elección política de los jueces, en duda 30 años después de ser avalada por el TC

Los 12 vocales del CGPJ serán elegidos por los propios jueces, según el acuerdo de PP y C's.

La designación por parte de las Cortes de los magistrados que integran el Consejo General del Poder Judicial, que ha sido un punto clave del acuerdo entre PP y C's firmado este domingo, viene siendo cuestionada desde hace treinta años, cuando el Tribunal Constitucional ya la avaló, aunque admitió que tenía "riesgos".


PP y C's han pactado que los 12 vocales del CGPJ que son de origen judicial sean elegidos por los propios jueces mediante un sistema mayoritario y de listas abiertas.


La Constitución dice que el CGPJ tendrá veinte miembros, de los cuales doce serán elegidos entre jueces y magistrados de todas las categorías judiciales en los términos que establezca la ley orgánica; y ocho entre abogados y otros juristas, cuatro por el Senado y cuatro por el Congreso.


El Tribunal Constitucional ya reconoció, en una sentencia de 1986, que este artículo muestra una "compleja redacción", pues deja abierta la cuestión de cómo deben ser designados esos doce jueces que conforman la mayoría del CGPJ: bien por las Cortes, como los juristas, o bien por la propia carrera judicial.


Y efectivamente, compleja ha sido la vida de este órgano de gobierno de los jueces cuyas competencias son disciplinarias o de nombramientos (nunca la de juzgar y emitir sentencias, aunque pueda tener influencia indirecta sobre la independencia jurisdiccional, según ha dicho también el TC).


En este sentido cabe recordar que desde 1978 el CGPJ ha vivido cuatro versiones. Desde 1980 y hasta 1985 esos doce vocales eran elegidos por los jueces directamente. En 1985 la mayoría socialista estableció que lo fueran por las Cortes. El PP, en 2001, acordó con el PSOE un sistema mixto, de elección parlamentaria a partir de las propuestas las asociaciones de jueces y magistrados. Y la reforma popular de 2013 matizó la influencia de las asociaciones.


Ahora esa reforma de 2013 es cuestionada por el pacto de C's y PP -por cierto que con una propuesta diferente a la que había en el acuerdo entre C's y PSOE de la pasada legislatura-.


Ya decía en aquella sentencia de 1986 el TC que, si bien la elección por las Cortes de los jueces del CGPJ es válida, este sistema "tiene sus riesgos" si no "mantiene al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y, entre ellos, y señaladamente, el Poder Judicial".


Aún así, la otra opción, la elección de los jueces del CGPJ por parte de los magistrados, tiene también su "riesgo", añadía el TC: trasladar al órgano de gobierno de los jueces la situación política de la propia carrera judicial sin intervención del voto ciudadano.


Y esa sigue siendo, treinta años después, la cuestión en vigor, pues entre los jueces, que lo son por ser funcionarios y no por ser elegidos, el sesgo político es conservador (la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura es mayoritaria).


Entre tanto, el Constitucional deberá volverse a pronunciar sobre el asunto, pues el PSOE ha recurrido la reforma de 2013 ante el alto tribunal y la respuesta del TC está pendiente después de que admitiera a trámite el recurso en noviembre de ese año.


Será la segunda ocasión en la que el apellido Gallardón figure en una sentencia sobre este asunto del Tribunal Constitucional, pues aquella sentencia citada, la de 1986, se produjo como respuesta a un recurso del diputado conservador José María Ruiz Gallardón, padre del exministro de Justicia. Una nueva vuelta de tuerca.

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