Condenado a tres años por causar daños mentales a su bebé por mala alimentación

El bebé quedó en estado vegetativo por la deshidratación que sufrió.

La Audiencia de Barcelona ha condenado a tres años de cárcel a un padre por dejar a su bebé, que nació de forma prematura, en estado vegetativo por la deshidratación que sufrió ya que le ponía poca leche en los biberones, que llenaba con arroz, cereales y aceite siguiendo una dieta de su país de origen.


En la sentencia, la sección octava de la Audiencia condena también al padre a otro año de prisión, por golpear a la cara de otro hijo con una cuchara ardiendo, así como a dos años de cárcel a la madre, que preparaba los biberones de la misma forma aunque lo hacía por sumisión al marido, que se regía por las "férreas creencias religiosas y culturales de su país de origen (Mali)".


El tribunal concluye que los acusados omitieron de forma grave y reiterada las cautelas y elementales normas de cuidado a las que estaban obligados como padres, aunque rebaja sustancialmente la condena solicitada por la fiscalía -que pedía 12 años de prisión para el padre y 11 para la madre-, al considerar que su actuación fue imprudente pero no deliberada.


Los hechos ocurrieron en diciembre de 2012, cuando la pareja, que residía en Moià (Barcelona) llevó al hospital de urgencias a su bebé, que había nacido dos meses antes de forma prematura y con bajo peso, alegando que se le había caído de las manos a la madre.


El bebé presentaba un cuadro general muy grave, con dificultad respiratoria e insuficiencia renal, ante lo que los médicos la enviaron a la UCI, donde le tuvieron que inducir un coma, y le diagnosticaron deshidratación por una alimentación inadecuada, que puso en peligro su vida.


El tribunal considera probado que la "incorrecta y negligente" alimentación es la causa de la deshidratación de la menor, que sufrió un fallo en todos sus órganos, especialmente en sus funciones encefálicas, por lo que presenta un cuadro progresivo que probablemente evolucionará a un retraso mental grave con estado vegetativo.


Pese a las advertencias de los servicios sociales y de lo médicos que atendieron al bebé tras el parto prematuro, la niña fue alimentada con biberones sin las proporciones adecuadas de leche en polvo para lactantes, ya que los padres introducían, para espesar la leche, otras sustancias como arroz, cereales, aceite, cacao y sal, "completamente contraindicadas para la salud de un recién nacido", según la sentencia.


El tribunal apunta que los padres preparaban los biberones indistintamente, si bien bajo las "estrictas directrices" del padre, un hombre de 33 años de edad, "que insistía que se alimentara a sus hijos conforme a la dieta típica de su país".


Ante las exigencias de su esposo, la madre, una mujer de inteligencia media baja, prácticamente analfabeta y desconocedora del catalán y del castellano, mostraba una total sumisión, "propia de la religión mahometana que profesan y de los roles imperantes en la cultura de su país de origen", según la sala.


El tribunal rechaza no obstante las tesis de la fiscalía, que pedía doce años de cárcel para el padre y once para la madre, ya que, añade: "No existió en ninguno de los acusados la intención real y constatable de causar mal a la menor".


El tribunal, no obstante, remarca que tanto el padre como la madre se apartaron "de forma grosera y persistente" de las directrices que recibían de los servicios sociales sobre cómo preparar correctamente los biberones.


La sentencia impone además a los padres, a los que la Generalitat retiró la custodia de sus tres hijos -la bebé, que ahora tiene tres años, una niña de 4 y un niño de 7-, una orden de alejamiento de los menores durante los dos años posteriores a la condena de cárcel.