​El juez mantiene la prohibición de Uber en España

El magistrado reconoce que la posible competencia desleal solo debe afectar al servicio 'Uber Pop'.

Asociaciones del taxistas de distintas ciudades del mundo se han manifestado en contra de Uber.
Uber considera "desproporcionada" la orden judicial para el cierre de su web
S. P.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha mantenido la prohibición de la actividad del denominado sistema Uber en España que acordó en diciembre, al considerar que sus conductores carecen de autorización administrativa para desarrollar la labor y que ha incurrido en competencia desleal.


No obstante, en un auto, el magistrado reconoce que la posible competencia desleal que apreció para ordenar estas medidas cautelares solo debe afectar al servicio 'Uber Pop' o a "aquel en el que se posibilita un servicio de transporte".


Así, señala que debe dictar nuevamente las órdenes "especificando la posibilidad de acceso a la compañía Uber Technologies, siempre que no permitan específicamente, y bajo todos los apercibimientos, el acceso al servicio denominado Uber Pop", todo ello "a efectos de no impedir el ejercicio lícito de otros servicios que esa compañía pueda desarrollar".


Pero en su auto, que es recurrible ante la Audiencia Provincial de Madrid, mantiene las medidas porque son una "exigencia o necesidad ante un supuesto de urgencia" que Uber no ha conseguido "desvirtuar" en la vista celebrada con motivo de la petición de la compañía para levantar esas medidas.


El pasado 9 de diciembre, el Juzgado ordenó cautelarmente la cesación y prohibición en todo el territorio nacional del denominado sistema Uber, aceptando así la solicitud que, en ese sentido, le hizo la Asociación Madrileña del Taxi antes de interponer su demanda.


Además, prohibía que se ofertaran servicios de transporte online por parte de los trabajadores de la empresa, que pone en contacto online a usuarios y conductores de la misma.


Para ello, emplazaba a las empresas de telecomunicaciones y a las de pago electrónico para que suspendan la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con Uber.


Según el juez, era aconsejable adoptar esta medida "con la mayor brevedad posible" ante la existencia indiciaria de "conductas ilícitas" en el servicio de transporte de viajeros en Madrid y en otros puntos de España, "con la afección directa al servicio público impropio del taxi".


Además, justificaba haberlo ordenado sin escuchar a la empresa por el "daño inmediato" que se está ocasionando a los taxistas y por el hecho de que está radicada en el refugio fiscal estadounidense de Delaware, con lo que le achaca una "deliberada vocación de opacidad".


"La fluidez del mercado por internet, la velocidad de comunicación del sistema Uber, empresa participada por el gigante Google, la ubicación en el refugio fiscal, la propia dificultad de citación de la demandada", junto con la existencia de una actividad que "infringe las normas jurídicas de manera muy evidente en un sector regulado" requieren de esta protección cautelar, resumía.