La DGT dice que no se va a multar a nadie por correr con un carrito de bebé o hacer 'running'

Lo que se propone, dice Tráfico, es que se sometan a test de alcoholemia y droga los peatones "que estén implicados en accidentes".

Varios corredores, durante una prueba
La DGT dice que no se va a multar a nadie por correr con un carrito de bebé o hacer 'running'
A. Navarro

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha señalado que los límites de velocidad para peatones que se incluyen en el proyecto de Reglamento de Circulación se refieren a personas que arrastren o guíen vehículos, como una moto cogida del manillar o un vehículo de tracción animal.


En el caso de que alguien circule por la acera o por el arcén guiando un vehículo deberá hacer al paso de los peatones y no corriendo, pero "en ningún caso se va a multar a nadie por hacer 'running' o por ir corriendo con un carrito de bebé", han señalado fuentes del departamento que dirige María Seguí, que responden así a las observaciones realizadas por el Informe del Consejo de Estado a esta normativa.


Las mismas fuentes ha indicado que lo que se propone en el texto, es que se sometan a test de alcoholemia y droga aquellos peatones "que estén implicados en accidentes", no los que estén cerca de un suceso, tal y como critica el Consejo de Estado. "Si hay alguien en una boda cerca de un accidente no tienen que hacer test de nada", ha apuntado.


En cuanto a la reducción de velocidad en ciudades, la DGT ha indicado que se habla de "calles concretas" con un solo carril, donde los vehículos pasen cerca de las aceras y para facilitar la circulación de bicis y peatones. "Son las recomendaciones de los organismos internacionales para este tipo de vías", han destacado.


En este sentido, ha apuntado que "a 70km/h cualquier atropello supone la muerte del peatón, y en España son unas 100 muertes al año", de manera que "si se modera la velocidad, también lo hará la probabilidad y se rebajarán las cifras", ha añadido.


También, ha precisado, en relación al aumento del límite hasta 130km/h en autopistas y autovías, que está especificado en la ley ya aprobada en mayo del año pasado, y que en el reglamento se especifica en qué tramos se podrá aplicar. Estos tramos deben cumplir ciertas condiciones: que no hayan presentado accidentalidad anteriormente, un buen trazado, visibilidad, buen firme, que existan paneles de señalización adecuados para informar sobre el límite de velocidad, entre otros.


"Pero el texto no va a decidir qué tramos serán, eso se estudiara con Fomento y, si es que hay alguno en que se pueda poner, se hará, sino no", ha concluido.