¿Qué es el Ministerio Fiscal?

Promueve la justicia en defensa de la legalidad, los derechos de los ciudadanos y del interés público.

El Ministerio Fiscal es un órgano constitucional integrado con autonomía en el poder judicial, con la misión de promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público así como velar por la independencia de los tribunales.


Sus funciones, ámbito de actuación y organización le son atribuidas por medio de la Constitución Española de 1978, que encuadra al llamado Ministerio Público en el título dedicado al Poder Judicial, si bien la norma básica que regula la institución es el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.


La Carta Magna señala que el Ministerio Fiscal tiene por misión, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, "promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados".


Y también añade, entre sus funciones, la de "velar por la independencia de los tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social".


La institución hunde sus raíces en la Edad Media en las figuras conocidas como "Hombre del Rey" y "Procurador Fiscal", que se dedicaban a defender los intereses del Monarca, hasta que en 1870, en los prolegómenos de la Primera República Española, se aprobó la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).


Esta norma concibió al Ministerio Fiscal como encargado de promover la acción de la Justicia en cuanto atañe al interés público, además de representar al Gobierno en lo que concierne a sus relaciones con el Poder Judicial.


El Ministerio Fiscal es un órgano único para todo el Estado y ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.


Este órgano actúa con sujeción a la Constitución, a las leyes y demás normas que integran el ordenamiento jurídico, con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le están encomendados.


A la cabeza de la institución se sitúa el fiscal general del Estado, que será nombrado por el Rey a propuesta del Gobierno, oído previamente el Consejo General del Poder Judicial.


El candidato tiene que cumplir los requisitos de ser un jurista español de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio efectivo de su profesión.

El fiscal general del Estado está asistido por el Consejo Fiscal que es un órgano consultivo en el que figura la cúpula del Ministerio Público.


Entre sus competencias está, entre otras, la de informar de las propuestas pertinentes respecto al nombramiento de los diversos cargos, así como elaborar informes de los anteproyectos de ley que afecten a la estructura, organización y funciones del Ministerio Fiscal.