"Ninguna imputación está fundamentada", dice la defensa de la infanta Cristina

Los abogados han registrado el recurso a las 13.15 en el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma.

Miquel Roca, abogado de la infanta, atiende a los periodistas
"Ninguna de las imputaciones está fundamentada", dice la defensa de la infanta Cristina

Los abogados de la infanta Cristina argumentan en el recurso contra el mantenimiento de su imputación en el caso Nóos por presuntos delitos fiscales y de blanqueo que "ninguna de tales imputaciones está debidamente fundamentada" como para "adoptar tamaña decisión".


Los letrados Miquel Roca y Jesús-María Silva basan su recurso de apelación presentado hoy en la falta de relevancia penal de las conductas que se imputan a la hermana del Rey y en la "ausencia de indicios racionales" que avalen las imputaciones.


Recuerdan en el recurso que la Audiencia de Palma dejó sin efecto en mayo de 2013 la primera imputación de la infanta Cristina en el caso Nóos, pero invitó al juez a investigar por la posible comisión de un delito fiscal y otro de blanqueo.


Aseguran que desde aquella decisión se han practicado varias diligencias, "todas ellas con resultados claramente exculpatorios", por lo que califican de "desconcertante" y "difícilmente comprensible" que el juez haya acordado mantener la imputación de la infanta basándose en ellas.


Los abogados consideran que el auto contiene "varios errores en la interpretación de la ley penal" y reclaman a la Audiencia una "revisión estrictamente jurídica" de los argumentos del juez porque las figuras del delito fiscal y de blanqueo se han "forzado más allá de lo cabal" por parte del instructor.


Aseguran que "la pretensión de mantener a toda costa la imputación parece haber tenido mayor peso que una estricta aplicación de la ley".


Roca y Silva reprochan al juez que incrimine a la infanta alternativamente en dos tipos de blanqueo (de bienes procedentes de delitos contra la Administración y de delito fiscal) y aseguran que esto "pone en evidencia el carácter absolutamente precipitado del cierre de la instrucción y, por ello, la fragilidad de sus conclusiones".


Critican también que el juez reproche a la infanta que alegara desconocimiento u olvido en su declaración. "La incapacidad de quien dirige la investigación de encontrar ulteriores indicios no se le puede hacer pagar a ella", afirman.


Añaden que, de las más de mil preguntas que se le formularon a doña Cristina, solo dejó sin responder unas doscientas por no recordar y desconocer los hechos en detalle, y ven "preocupante" que el juez considere incriminatoria la declaración de doña Cristina, algo contrario a sus derechos como imputada.


En cuanto al delito fiscal, también reprochan a Castro que no detalle cuál es el contenido concreto de la imputación y que mantenga dos hipótesis: por un lado que Aizoon era una pantalla formal para que Iñaki Urdangarin eludiera pagos del IRPF a Hacienda por actividades profesionales personales y por otro que Aizoon defraudara impuesto de sociedades.


Los abogados califican de "insólito" que el juez mantenga la imputación de la infanta como cooperadora en delito fiscal en contra de la opinión de la supuesta perjudicada: Hacienda.


Consideran una "hipótesis aventurada" el presunto indicio de que Aizoon fue creada como instrumento para defraudar a Hacienda, cuando se creó en 2003 y el presunto delito se habría cometido en 2007.


También afirman que el juez hace "denodados esfuerzos interpretativos" para considerar a la infanta cooperadora, cuando era un mero socio al 50 % de la persona supuestamente defraudadora. Añaden que no existe un solo precedente de condena por delito fiscal a un simple socio no administrador y cónyuge.


Sobre los gastos imputados a Aizoon que el juez considera también un indicio, los abogados sostienen que no fue la infanta quien decidió que fuera así, sino terceras personas a quien había confiado la gestión de la economía familiar, algo "lógico en una persona con sus múltiples ocupaciones y escasos conocimientos de fiscalidad".


Rechazan que se le pueda imputar el delito por omisión, ya que niegan que la infanta llegara a conocer posibles irregularidades en el Instituto Nóos, ni "remotamente" posibles conductas constitutivas de delito fiscal por parte de su esposo.


Silva y Roca niegan la posibilidad de que la infanta sea responsable de un delito de blanqueo antes de que la Casa Real pidiera a Urdangarin que se apartara de Nóos porque no podía sospechar que su esposo cometiera algún acto ilícito e insisten en que cuando en 2006 le sugirieron que dejara el instituto se alegaron razones de imagen", no irregularidades y mucho menos delitos.


Además, sostienen que "toda la facturación de Aizoon posterior a 2006 es lícita" y que los fondos ingresados en la sociedad familiar procedían principalmente de actividades profesionales de Urdangarin.


"Las disposiciones de dinero 'sucio' a las que se refirió en términos hipotéticos" la Audiencia de Palma "no pudieron realizarse jamás por doña Cristina, que carecía de cualquier poder de disposición sobre los fondos de Aizoon", insisten los letrados, para quienes sostener la acusación de blanqueo en los escasos gastos que la infanta hizo con una tarjeta de la empresa familiar "constituiría un ejercicio de funambulismo jurídico"