RSS Síguenos en Twitter Síguenos en Facebook Síguenos en Google+ En tu móvil En tu email Web del suscriptor

Últimas noticias de Aragón, Zaragoza, Huesca y Teruel del periódico digital Heraldo.es Últimas noticias de Aragón, Zaragoza, Huesca y Teruel del periódico digital Heraldo.es

Buscador de contenidos de Heraldo.es
AFECTARÍA A 1,5 MILLONES DE PERSONAS

Los prejubilados no voluntarios piden cobrar toda la pensión a los 65 años

EUROPA PRESS. Madrid| 25/01/2010 a las 13:10     2 Comentarios

Esta medida afectaría a más de 1,5 millones de personas en España. La Confederación Estatal de Prejubilados y Pensionistas argumenta que la mayoría de los trabajadores prejubilados involuntariamente reciben hasta un 40% menos de la pensión que le correspondería.

  • Twittear
  • Recomendar
  • Tuenti
  • Menéame
  • Compartir
La Confederación Estatal de Prejubilados y Pensionistas (CEPYP) pedirá a la Comisión no Permanente del Pacto de Toledo la eliminación de las penalizaciones económicas que afectan a los trabajadores que tuvieron que jubilarse involuntariamente de manera anticipada, a fin de que a partir de los 65 años puedan cobrar el 100% de su pensión.

Esta situación afecta, según sus cálculos, a más de 1,5 millones de personas en España. CEPYP argumenta que la inmensa mayoría de los trabajadores prejubilados como consecuencia de procesos de ajuste empresarial reciben hasta un 40% menos de la pensión que le correspondería de haberse jubilado a los 65 años, a pesar de que superan el tiempo máximo de cotización exigido por la Seguridad Social.

La reducción que se aplica actualmente oscila entre el 8% y el 6% por cada año que falta hasta alcanzar la edad oficial de jubilación (65 años).

En opinión de CEPYP, la aplicación de coeficientes reductores "desproporcionados e injustos" a la jubilación anticipada refleja el incumplimiento de la imprescindible relación entre lo que se ha contribuido al sistema mediante cotizaciones y lo que se acaba percibiendo como pensión.

"En la Seguridad Social, con 15 años de cotización, se cobra el 50% de la base reguladora, mientras que con 45 años de permanencia en el sistema, y por el mero hecho de haberse visto obligado a jubilarse cinco años antes de tiempo, se percibe el 60% de la base reguladora durante el resto de la vida", subraya CEPYP.

La asociación de prejubilados precisa que el coste de eliminar estos coeficientes reductores no superaría los 3.000 millones de euros anuales, "cantidad perfectamente asumible por la Tesorería de la Seguridad Social, que concluyó 2008 con un superávit de más de 14.000 millones de euros".

De acuerdo con sus estimaciones, cuatro de cada diez trabajadores que accedieron a la pensión de jubilación en 2009 no habían cumplido los 65 años, por lo que no cobrarán el 100% de la prestación. CEPYP denuncia que, en la última década, más de 1,7 millones de trabajadores se han visto obligados a abandonar las empresas a edades tempranas, "condenándoles a vivir con pensiones muy por debajo de las que les corresponden por su larga contribución al sistema".

¿Te ha interesado la noticia?(78 %)No(22 %)

2 Comentarios
  • #2 nicolas lopez millan 08/02/10 12:50

    Totalmente de acuerdo con la medida, aunque soy excéptico a conseguirla ya que los que han de defender esta cuestión son unos políticos que tienen derecho al 100% de la pensión máxima con sólo 11 años de dedicación y exigen que el resto de personas con mas de 40 años cotizados si no tienen 65 años se les penaliza con un 8% o un 6% por cada año que falata hasta los 65.

  • #1 jose antonio 26/01/10 23:38

    me parece justa y oportuna, la reclamacion efectuada para que a los prejubilados obligados a abandonar su trabajo, en especial en las mas fuertes empresas españolas, como bancos, electricas, tdelefonica, renfe, etc etc, alcanzados los 65 años, se deje de efectuar penalizacion alguna

Tu opinión nos interesa Tu opinión nos interesa






Ahora En portada

De compras

Cargando... Cargando...


© HERALDO DE ARAGON

Teléfono 976 765 000 / · Pº. Independencia, 29, 50001 Zaragoza - CIF: A50001973

Inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, con fecha 25-Junio-1909, Tomo 7 del Libro de Sociedades, Folio 435, Hoja 570, Inscripción 1ª

Queda prohibida toda reproducción sin permiso escrito de la empresa a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, de la Ley de Propiedad Intelectual

Comercialización de publicidad

Sitio comercializado por metha para publicidad regional

Sitio comercializado por cmvocento para publicidad nacional


Edición impresa

Versión en PDF

Portada de la edicióm impresa de Zaragoza