RSS
Síguenos en Twitter
Síguenos en Facebook
En tu móvil
En tu email
Web del suscriptor
// Mostramos la fecha actual $dia = date("w"); switch($dia){ case 0: $dia_texto = "Domingo"; break; case 1: $dia_texto = "Lunes"; break; case 2: $dia_texto = "Martes"; break; case 3: $dia_texto = utf8_decode("Miércoles"); break; case 4: $dia_texto = "Jueves"; break; case 5: $dia_texto = "Viernes"; break; case 6: $dia_texto = utf8_decode("Sábado"); break; default: $dia_texto = ""; } $dia = date("n"); switch($dia){ case 1: $mes_texto = "enero"; break; case 2: $mes_texto = "febrero"; break; case 3: $mes_texto = "marzo"; break; case 4: $mes_texto = "abril"; break; case 5: $mes_texto = "mayo"; break; case 6: $mes_texto = "junio"; break; case 7: $mes_texto = "julio"; break; case 8: $mes_texto = "agosto"; break; case 9: $mes_texto = "septiembre"; break; case 10: $mes_texto = "octubre"; break; case 11: $mes_texto = "noviembre"; break; case 12: $mes_texto = "diciembre"; break; default: $mes_texto = ""; } echo $dia_texto.','.date(' d ')." de ".$mes_texto." de ".date('Y'); ?>
La sentencia, que pone fin a un conflicto de competencias planteado desde Aragón en 1998, argumenta que la aplicación de un derecho de retracto sobre los bienes en conflicto hubiera supuesto una extralimitación del Gobierno aragonés
Monasterio de Sigena.
Relevancia constitucional
si estos bienes estuvieran en un museo americano después de haber sido robados, ¿importarían a alguien? ¿cuántos de los indignados patriotas han estado en roda de isábena? ¿dónde está la reja de la catedral de huesca?
He leido la sentencia completa, y no entiendo absolutamente nada.
INSUMUSION A LA HORA DEPAGAR IMPUESTOS ya que nos consideran ciudadanos de 2ª, no pagaremos
El problema aparece cuando Rouco y el Opus deciden que las parroquias en suelo aragonés y pertenecientes a la diócesis de Lérida pasen a Barbastro, destruyendo 700 años de historia. Una verguenza, ya que estas parroquias deberían seguir perteneciendo a Lérida y no a Barbastro. No hay que mezclar la Iglesia con la Política. Además Aragón y Cataluña tienen historia compartida, entonces, qué más da donde estén las obras, están allí donde se les dio cobijo y se previno de su deterioro.
Cataluña se queda con todos los bienes de Aragón. Mirad este vídeo: se han apropiado de los papeles aragoneses que estaban en el Archivo de Salamnca. Ahora están en el Archivo Nacional de Cataluña: http://www.youtube.com/watch?gl=ES&v=CU-bUFPXVkI
Queridos mañicos, es lo que hay: En España mandan los tribunales españoles. Bajo ningun concepto hay que ir a pedir nada a un estado extranjero, no democratico y de inspiracion teocratica. O eso, o aceptamos que los moros apliquen aqui la ley islamica,por ejemplo.
A todo esto, si es un tema de la iglesia, el papa pidió su devolución... ¿Qué pinta el TC?
Esta sentencia del Tribunal Constitucional demuestra una vez más que la Justicia en España brilla pero por su ausencia. No hay Justicia, solo tienen derechos los delincuentes, que con nocturnidad y alevosía se apoderaron del archivo de la Guerra Civil Española depositado en Salamanca. Esta es la Justicia y el Estado de Derecho que dice la Constitución, la Ley del más fuerte, como en la selva.
EL CONSTITUCIONAL LEGITIMA EL EXPOLIO CATALÁN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ARAGONÉS. http://aragonanticatalanista.wordpress.com/
Cataluña es màs rica que Aragòn, con un peso polìtico mucho màs grande que el nuestro, fundamentado en el voto nacionalista y por lo tanto infinitamente màs fuerte que una autonomìa con un voto mayoritario a los partidos españolistas que atienden a sus intereses centrales. Perderemos siempre. La justicia con sus ùltimas decisiones sea el caso Camps ; Marta etc. ni es justicia ni es nada. Salvo una masa burocràtica al servicio del poderoso e impotente ante las triquiñuelas de abogados, que seràn muy profesionales pero que carecen de moral.
Cargando...
Teléfono 976 765 000 / · Pº. Independencia, 29, 50001 Zaragoza - CIF: A50001973
Inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, con fecha 25-Junio-1909, Tomo 7 del Libro de Sociedades, Folio 435, Hoja 570, Inscripción 1ª
Queda prohibida toda reproducción sin permiso escrito de la empresa a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, de la Ley de Propiedad Intelectual