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La crisis multiplica por 6 los concursos de acreedores en Aragón

Heraldo.es. Zaragoza| 23/02/2012 a las 12:07    

En 2011 se registraron en Aragón 193 procesos concursales, 175 de ellos de empresas, frente a los 33 casos contabilizados en 2007.

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La crisis ha multiplicado por seis el número de concursos de acreedores registrados en Aragón, pasando de 33 casos en 2007 a los 193 procesos registrados en 2011, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Aragón registró el año pasado 193 concursos de acreedores según los datos del INE, un 1% menos respecto a 2010. Del total, 175 afectaron a empresas y 18 a particulares. En el ámbito empresarial, 60 de los procesos correspondieron a empresas de la construcción, 32 a industriales, 25 de comercio al por mayor, 21 sin clasificar, 12 de transportes y almacenamiento y 8 de inmobiliarias, financieras y seguros. Del total de concursos presentados, 188 fueron voluntarios y 5 necesarios.

El procedimiento concursal afecta en mayor medida a las pequeñas y medianas empresas: el volumen de negocio del 60% de las que se acogieron al procedimiento concursal en 2011 era inferior a los dos millones de euros. De las 175 empresas concursadas, 3 tenían más de 100 empleados, 7 entre 50 y 99 trabajadores y 27 entre 20 y 49 empleados; 18 de ellas no tenían asalariados.

Novedades legislativas
 


Para que las empresas aragonesas conozcan las novedades de la reforma de la ley concursal y cómo ésta busca evitar la disolución de las sociedades afectadas, Garrigues y la Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza ha organizado este jueves (18.30 / Salón de Plenos) la jornada “La reforma concursal: un nuevo intento de salvar a las empresas y sus acreedores”.

La reforma plantea dos ‘escudos protectores’ que las empresas pueden usar en situaciones de insolvencia para poder reorganizar y/o refinanciar su compañía y evitar el concurso. El primero, de carácter temporal, hace referencia al ‘blindaje’ de las sociedades que estén negociando una acuerdo de refinanciación con sus acreedores para evitar el concurso de la compañía durante este periodo.

La segunda medida protectora es de carácter patrimonial e incide en que los acuerdos que se puedan adoptar entre deudor y acreedores en ese plazo de negociaciones queden protegidos, en el caso de concurso, de las eventuales acciones de rescisión concursal. Asimismo, la reforma dispensa una protección extra para los acuerdos que puedan ser homologados judicialmente y protege definitivamente la entrada de dinero nuevo (‘fresh money’) en las sociedades, en un intento más de conseguir reactivar el crédito financiero.

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