La Asamblea Nacional de Venezuela aprueba la Ley de Amnistía tras un polémico debate

Maduro ha advertido que no respaldará la ley para la liberación de presos políticos.

Foto de archivo de Leopoldo López.
Foto de archivo de Leopoldo López.
Afp

La Asamblea Nacional (AN) de Venezuela, de mayoría opositora, ha aprobado este martes tras un polémico debate el proyecto de Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, con la que buscan la liberación de los presos políticos, entre ellos el dirigente del partido Voluntad Popular (VP) Leopoldo López.


Con los votos de los diputados de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), el proyecto de ley ha pasado un nuevo trámite en el Congreso venezolano, aunque el Gobierno de Nicolás Maduro ya ha advertido de que no respaldará la ley.


De hecho, la bancada 'chavista' ha rechazado este martes la normativa --en un tenso debate parlamentario-- por considerarla un "adefesio jurídico". El diputado del Gran Polo Patriótico (GPP) Pedro Carreño ha calificado la norma de "contrabando legislativo".


La encargada de presentar el proyecto ha sido la diputada Delsa Solórzano, quien ha explicado que el texto del instrumento pasó de 45 artículos a 29 y añade que sólo beneficiará a los llamados presos políticos porque "ninguno está sentenciado por homicidio".


Durante el tenso debate diputados oficialistas y de la oposición se han interrumpido a gritos de manera constante, llegando incluso a llegar al insulto, según ha informado el diario venezolano 'El Universal'.

La oposición ha reiterado que la Ley de Amnistía está "llena de vicios, ilegalidades e inconstitucionalidades" y añade que es "contraria al estado de Derecho", estableciendo "el mecanismo para al generación de la violencia en el país".


"Estamos en presencia de una reedición de lo que es el autoperdón. Los verdugos perdonándose a sí mismo, desconociendo las víctimas" ha sentenciado Carreño.


El articulado será remitido al Ejecutivo para su firma, aunque las leyes venezolanas otorgan a la Asamblea Nacional mecanismos para promulgar leyes sin aval de la presidencia.Maduro promete vetarla

"Tengan la seguridad que esa ley por aquí, no pasa", dijo Maduro horas antes de la aprobación en segunda discusión del pleno parlamentario. "Leyes para amparar terroristas y criminales, no pasarán por aquí. Hagan lo que hagan", agregó en un discurso televisado.


El presidente alega, como ya hiciera su predecesor Hugo Chávez, que en su país no hay presos políticos, sino políticos presos.


El Gobierno de Maduro podrá apelar al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para rechazar la ley por inconstitucional, como lo ha hecho en varios conflictos recientes que han enfrentado a los dos poderes, y que han resultado favorables para el Gobierno socialista, tal y como indica la agencia Reuters.El Papa y una comisión de la verdad

?La Ley aprobada este martes por la Asamblea Nacional de Venezuela alude al "sentimiento ampliamente mayoritario de la colectividad" en favor de medidas de pacificación como la amnistía, que permita la liberación de los presos por motivos políticos y la unión de las familias disgregadas por esta misma razón.


En su exposición de motivos, destaca que la sociedad venezolana ha vivido momentos de gran confrontación en los últimos lustros, caracterizada por una dinámica "polarizante".


Añade que, sin que las diferencias entre pareceres o incluso entre intereses legítimos si bien parciales, dejen de existir, y a conciencia de que la distancia que los separe puede ser ancha, convivir es un imperativo de la vida venezolana, y menciona en tal sentido al Papa Francisco.


Al respecto, el texto, consultado por OTR/Press, señala que "en su solícita preocupación por Venezuela", el Papa Francisco, quien "ha recibido, escuchado y aconsejado" al presidente de Venezuela y otras autoridades públicas, a líderes de la oposición democrática, y a familias que sufren la separación de sus seres queridos a consecuencia de la radicalidad en la confrontación política, ha dicho que "No hay que tener miedo a la paz, a la convivencia, al diálogo".


Señala a continuación que en el país existe un debate en la actualidad en torno a la independencia de la administración de justicia y muchos venezolanos sostienen, "con buenas razones", que las imputaciones, juicios o condenas relacionados con los delitos objeto de esta amnistía "responden a una persecución política".


Pero más allá de esta discusión, la Ley señala los hechos punibles amnistiados y alude a algunos supuestos especiales en los cuales "no han sido satisfechas las garantías objetivas de una administración imparcial de la justicia".


Se refiere así a los hechos punibles cometidos como parte de actuaciones que respondieran a una motivación política, en el marco de manifestaciones o protestas; de la difusión de opiniones o informaciones; o de la realización o promoción de acciones, proclamas o pronunciamientos públicos que pudieran atentar contra el orden general establecido.


La Ley decreta la amnistía de hechos realizados en el ejercicio de libertades ciudadanas y con fines políticos, que han dado o pueden dar lugar a investigaciones, imputaciones, acusaciones o condenas por parte de los órganos de persecución penal, como la participación en manifestaciones o protestas que respondieran a una finalidad política.


También alude a la expresión de ideas u opiniones o la difusión de informaciones de carácter político, críticas al gobierno nacional u otras autoridades públicas, así como a otras informaciones referidas a hechos o situaciones de interés público.


De este modo, concede la amnistía de los hechos considerados como delitos de difamación o injuria, en cualquiera de sus modalidades, delitos de ofensas al Presidente de la República o a otros funcionarios públicos, delitos de generación de zozobra mediante la difusión de informaciones consideradas falsas, así como del delito de injuria a la Fuerza Armada Nacional, bien se trate de dirigentes políticos, periodistas, directores o editores de medios de comunicación social o integrantes de sus consejos directivos, editoriales o de redacción.


También determina que, de existir una sentencia condenatoria definitivamente firme referida a los delitos comprendidos por la amnistía, el juez de ejecución respectivo declarará la extinción de la pena mediante un auto, en un lapso no mayor de diez días, y advierte de que los funcionarios del Poder Judicial o del Ministerio Público que incurran injustificadamente en retardo u omisión del pronunciamiento oportuno y motivado o en alguna otra inobservancia de las normas previstas en la Ley, serán castigados con prisión de 2 a 5 años.


Finalmente establece que la Asamblea Nacional creará una Comisión especial para la Reconciliación, de composición "políticamente plural", que haga seguimiento a la aplicación de la Ley y que podrá recomendar la creación, mediante ley, de una Comisión de la Verdad dedicada a recabar y compilar información, documentación, declaraciones y otras evidencias relativas a la violencia política promovida por cualquier sector político o social y a las violaciones de los derechos humanos ocurridas en el país desde el año 1999 a causa de la persecución política.


Dicha Comisión también podrá adoptar medidas de reivindicación moral o dignificación, de rescate de la memoria histórica y otras garantías de no repetición. Se evaluará igualmente la creación de un fondo especial de reparaciones relacionado con tales hechos.

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