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SENTENCIA

El Supremo anula la congelación de la tarifa de la luz pactada por el Gobierno y el PP en 2010

EUROPA PRESS. MADRID| 16/11/2011 a las 12:15    

    El tribunal adopta esta decisión en respuesta a un recurso presentado por Iberdrola, que, como el resto de las grandes eléctricas, denunció la medida.

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    La sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la congelación de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de la luz en la revisión trimestral de julio de 2010 acordada por el Gobierno y el PP como antesala de un pacto sobre energía que finalmente no se materializó.

    En una sentencia del 31 de octubre, el Supremo anula el primer artículo de la orden ministerial 1732/2010, en el que se congelan las tarifas de acceso, que son las que recogen los costes regulados de la electricidad.

    El tribunal adopta esta decisión en respuesta a un recurso presentado por Iberdrola, que, como el resto de las grandes eléctricas, denunció la medida. En la sentencia se da la razón a Iberdrola en este aspecto, pero no en otra de sus pretensiones, que es la recibir indemnizaciones por los efectos negativos de la congelación tarifaria.

    La compañía presidida por Ignacio Sánchez Galán reclamaba la anulación de la orden ministerial y que se obligase a la Administración a redactar otra en la que se reconociese el desajuste de 1.116 millones del sistema eléctrico de 2010 y se reconociese el derecho de Iberdrola a "ser indemnizada en la cantidad necesaria para resarcirle íntegramente de los daños y perjuicios" ocasionados.

    En su sentencia, el Supremo no solo considera que la orden ministerial contraviene la Ley del Sector Eléctrico, en la que se fija una senda de suficiencia en la tarifa para que no siga produciéndose déficit, sino que también se vulneran aspectos formales.

    En concreto, señala que la orden ministerial se aprobó sin informe previo de la Comisión Nacional de la Energía (CNE). Esta orden sustituyó un borrador de norma anterior en que se recogía un aumento de peajes eléctricos y que sí había sido analizado por el organismo regulador.

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