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RENTA 2008

La Agencia Tributaria reconoce nuevos errores en los borradores de la declaración

| 16/04/2009 a las 13:21     10 Comentarios

Los fallos aparecen en el derecho a deducción por vivienda habitual en la renta conjunta y pueden afectan a unos 40.000 contribuyentes, aunque los técnicos del ministerio aseguraban que podía haber 1,3 millones de perjudicados.

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La Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT) ha admitido que puede haber "algunas incoherencias" en los borradores del IRPF en declaraciones de renta conjuntas con derecho a deducción en vivienda habitual, errores que podrían afectar a unos 40.000 contribuyentes que tienen derecho a esta deducción.

Fentes de la Agencia Tributaria explicaron que el Fisco realiza estos borradores con la información disponible en cada momento, que suele provenir de la última declaración de la renta y de terceros, de forma que la cifra es una estimación y son los contribuyentes los que tienen que determinar si hay o no errores en la información. De esta forma, recordaron a los contribuyentes que el borrador debe revisarse y si se estima conveniente, modificarlo.

Además, rechazaron de plano la posibilidad de que estos errores afecten a 1,3 millones de contribuyentes, tal y como denuncian los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) y explicaron que esta cifra se corresponde con el número total de contribuyentes que realizan declaración conjunta y que tienen derecho a la deducción por vivienda habitual.

Según explicó Gestha en un comunicado, estas declaraciones contienen "graves incorrecciones" ya que dicha deducción con financiación ajena está "mal calculada", lo que puede suponer para los contribuyentes un "pago indebido" de hasta 621 millones.

Por su parte, Gestha afirma que en los borradores en tributación conjunta que reciben los miembros del matrimonio, las cantidades amortizadas y los intereses del préstamo realmente satisfechos no constan en su totalidad, sino sólo la mitad, por lo que la deducción consignada por la Agencia Tributaria en concepto de deducción es la mitad de la que realmente correspondería.

De hecho, el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, explica que si lo amortizado por la pareja fuera de 10.000 euros, el borrador sólo recogería la cantidad de 5.000 euros de base de deducción para la pareja en tributación conjunta.

Sin embargo, los Técnicos de Hacienda admiten que el error detectado no afectaría a aquellos contribuyentes con una financiación ajena anual superior a 18.000 euros, ya que la base máxima de la deducción por vivienda habitual de 9.000 euros es única tanto en declaración conjunta como individual. 

Según Gestha, el error en los borradores puede provenir de la Campaña de Renta anterior en la que se formuló una "pregunta ambigua" -'*Qué porcentaje de su préstamo se destinaba a la adquisición?'- que motivó que muchos contribuyentes anotaran el 50% para cada cónyuge en lugar del 100%.

Por este motivo expuesto, aconseja a los posibles afectados revisar el borrador recibido y, en caso de que se encuentren en esta circunstancia particular, que procedan a su modificación inmediata o recurran directamente a los servicios de ayuda de la Agencia Tributaria.

Este nuevo error viene a sumarse al denunciado la semana pasada por Gestha, cuando detectó la existencia de borradores con errores en la deducción de los 400 euros al no computar el límite máximo de renta por el que se pueden aplicar.

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10 Comentarios
  • #10 Juana 19/05/09 18:14

    quisiera me ayudarais en la siguiente duda: tengo un hijo que el 05-09-08, cumplió 18 años, ha tenido unos ingresos que no superan los 6.700.-¿.El hace la declaración porque le sale a devolver. Mi marido y yo tambien la hacemos individual. ¿Nos podemos deducir alguna cantidad por él?.Gracias y un saludo.

  • #9 cnchy 20/04/09 17:58

    Hola soy Conchy .muchas gracias por tu contestación

  • #8 chorcheagain 19/04/09 21:01

    Conchy, si quieres realizar una declaracion conjunta junto con tu marido tendreis que declarar ambos todos los ingresos individuales. En caso contrario, sería un poco chollo (y fraudulento)

  • #7 Conchy 19/04/09 15:44

    ¿Alguien me podría ayudar? hola tengo una duda que seguro que sabéis. solucionarme. Todos lo años a la hora de hacer la declaración mi marido me incluía en la unidad familiar ya que no trabajaba. Este año he trabajado , pero mi sueldo ha sido de 6000 euros y no tengo obligación de declarar . ¿Puede incluirme mi marido en la unidad familiar en declaración conjunta como siempre pero sin declarar esos 6000 euros mios?

  • #6 chorche 17/04/09 13:23

    Hola de nuevo, como tengo bastante tiempo (es lo bueno q tiene estar parado..) os explico otras cosas que quizás sean desconocidas para muchos contribuyentes y que creo que Hacienda debería informar sobre ellas ya que van en nuestro beneficio: Movilidad Geográfica: sé por experiencia que mucha gente, incluidas personas que hacen Declaraciones para otros, desconoce este apartado. Siguiente situación: persona desempleada (muy importante estar apuntado al paro) que acepta una oferta de trabajo fuera de su municipio y que ello supone el cambio de domicilio. Esta persona tendrá el doble de reducción en los rendimientos del trabajo durante 2 años aunque por ej no llegue a trabajar fuera de su ciudad más que 7 meses por ej. Forma de probar el cambio: contrato de trabajo en el que aparezca el lugar de trabajo, contrato de alquiler¿ es fácil que durante esos años te manden una carta para pedir que presentes alguna prueba. Puedo decir que en mi caso supuso un ahorro total de 800 euros (400 cada año) y a otra amiga unos 950. Gastos deducibles en la compra de vivienda: hacienda sólo nos incluye como gasto deducible en el borrador lo que hemos pagado de cuotas durante el año y sólo en ocasiones algunos gastos financieros, pero se dejan fuera otros que pueden ser importantes como Notaría, Registro, Tasación ó también las amortizaciones anticipadas hechas, el dinero pagado en efectivo para la entrada¿ En muchas ocasiones (con una hipoteca media) el hecho de que metamos estos gastos no afecta pq nos pasamos de los 9015eur de gastos totales que podemos incluir pero para hipotecas pequeñas sí que sería muy importante. Donativos: no sólo los donativos son deducibles sino tb las cuotas de socio para Asociaciones Beneficas y sobre todo para otras Asociaciones de interés social; éstas deben estar incluidas en un listado que se puede consultar pero a veces damos por hecho que no dan derecho a deducirse. Lo mejor es preguntar en la misma Asociacion y que nos hagan un certificado de lo pagado.

  • #5 chorche 17/04/09 12:44

    Encarna, lo que quería decir es que nosotros somos los que tenemos que informar a Hacienda de los cambios que haya en nuestra unidad familiar (hijos, estado civil, fallecimiento¿). Y para tener en cuenta esos cambios se tiene en cuenta la situación a 31 de diciembre. Es decir, q si por ej. nos casamos en Julio de 2008 en la declaración de 2009 ya podremos elegir entre hacerla conjunta (por todo el año) o individual (por todo el año). Si trabaja sólo uno de los conyuges es bastante probable que nos convenga hacerla conjunta pero Hacienda nos mandará el borrador individual pq no es consciente del matrimonio y esos nos perjudicaría. Creo que tienes razón en que antes, tanto para matrimonio, separación y fallecimiento se podía hacer una parte de la declaración individual hasta la fecha de la boda (por ej.) y luego conjunta. Poniendo otro ej. si fallece uno de los conyuges obligatoriamente tendrá que hacerse una declaración individual para el mismo (indicando fecha de fallecimiento). Y para sufridor, decirle que tenga paciencia tanto con el programa Padre como con el Windows Vista (a mí me pasa lo mismo y la verdad es que antes venía muy bien que pinchabas sobre cualquier casilla de la declaración y te salía la ayuda correspondiente a ese tema). Eso sí, puedes consultar en la web de la AEAT la Guia o Manual de Renta 2008 que divide los temas según la pagina de la declaración en la que se incluyen. Si teneis mas dudas intentaré ir mirando los comentarios que vayan saliendo. Un saludo

  • #4 sufridor 16/04/09 23:41

    Yo estoy teniendo problemas con el certificado y el programa informático de este año, además no hay ayuda para el vista. A este paso voy a volver a hacer la declaración con boli.

  • #3 encarna 16/04/09 23:15

    chorche, me gustaria que me aclararas la cuestion de matrimonios, divorcios y demas, en Hacienda me han dicho que ahora ya no se prorratea por meses en las declaraciones conjuntas, sino que se aplica la individual a todo el año, aunque el matrimonio o el fallecimiento se hallan producido a mitad de año, por ejemplo. Gracias por tu información.

  • #2 chorche 16/04/09 19:30

    Vaya racha llevan los de la AEAT...!! Yo recomendaría que antes de confirmar el borrador se tengan en cuenta algunas cosas: Los datos sobre donativos y cuotas de afiliacion a sindicatos o colegios profesionales es bastante probable que no sean incluidos en el borrador (sólo algunas ONG¿s informan a Hacienda) En algun borrador he visto que sólo se incluyen las cuotas pagadas de la hipoteca para la deduccion por vivienda olvidandose de las amortizaciones anticipadas realizadas durante el año. Siguiendo con la vivienda, las cantidades que metemos en la cuenta vivienda no creo que aparezcan en el borrador lo que nos perjudica bastante pero tiene su lógica: actualmente podemos usar como cuenta vivienda cualquier cuenta o incluso deposito/plazo fijo e incluso ir moviendo el dinero ahorrado de un deposito a otro (buscando mejor rentabilidad) siempre y cuando ese dinero se use finalmente para la compra del piso; con lo que Hacienda no sabe qué es una Cuenta vivienda y qué es una cuenta nueva que hemos abierto para ahorrar en general. Además, puede q aportemos a la cuenta un año pero que luego al llegar la hora de hacer la declaración nos demos cuenta de que no vamos a poder comprarnos el piso en el plazo establecido (6 años ahora) con lo que no nos convendría meterlo en la declaracion para evitar tener q devolver lo que nos hemos deducido a Hacienda (con intereses). También algún año anterior conozco casos de personas que han tenido pequeños ingresos como profesionales o autonomos (con retencion) y no aparecen, con lo que si se confirma el borrador la culpa de no incluirlos sería del contribuyente. Tambien tendríamos que estar atentos a los cambios en nuestra situacion personal: matrimonio, divorcio, nacimiento de un hijo, convivencia con un ascendiente, minusvalía (Dios no quiera), movilidad geografica por nuevo trabajo, cambio de residencia fiscal a otra CCAA y más cosas q seguro q se me olvidan... Mas o menos lo anterior puede justificarlo Hacienda de alguna forma pero lo que me parece grave es que el programa informatico usado para el borrador o para la declaración tenga esos fallos. Creo que entre año y año tienen suficiente margen para preparar, mejorar y comprobar el funcionamiento. Por último, si teneis alguna duda sobre cualquier cosa de la declaracion os recomiendo acudir personalmente a la delegacion de hacienda más proxima y en caso de hacer la consulta a través del telefono que pone cada año a nuestra disposicion Hacienda yo no me creería todo lo que me dijesen. No es por criticar la labor de esas personas pero me parece que el curso de formacion que reciben es insuficiente para poder responder ciertas dudas correctamente; he visto casos de contradicciones en la respuesta en funcion de quien te coge el telefono o de cómo enfocas la pregunta. Buff, espero no haber líado más la cosa con toda esta parrafada y que le sea de utilidad a alguien. un saludo

  • #1 enrique martinez 16/04/09 18:28

    efectivamente a mi me ha pasado esto y gracias a la cai mi entidad bancaria no he sufrido este error. desde aqui recomiendo revisar los borradores pues alguna sorpresa positiva te puedes llevar

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