Este jueves termina el plazo para los ingresos de la Renta 2014 que sean domiciliados

Si no se opta por esta opción bancaria el límite de presentación es hasta el día 30.

El plazo para presentar la declaración de la renta 2014 con resultado a ingresar a través de domiciliación bancaria finaliza este jueves, mientras que si no se opta por esta opción bancaria el límite de presentación es hasta el día 30.


El martes 7 de abril comenzó la campaña de renta y patrimonio de 2014 y Hacienda prevé devolver 10.550 millones de euros (el 0,95 % menos que hace un año) a 14,25 millones de contribuyentes.


Hasta el 28 de mayo la Agencia Tributaria (AEAT) ha ingresado a más de 5,7 millones de contribuyentes un importe superior a los 3.600 millones de euros, el 15 % más que en el mismo período de hace un año.


La aceleración de las devoluciones en número e importe ha superado a la de las presentaciones, que de abril a mayo crecieron el 10 % en relación con la pasada campaña.


El plazo de presentación de la renta termina el 30 de junio, tanto para las declaraciones a ingresar como a devolver, si bien en el caso de que en las declaraciones a ingresar se opte por hacer el pago mediante domiciliación bancaria el plazo de presentación acaba este jueves, 25 de junio.


Hasta finales de mayo se han concertado más de 1,6 millones de citas previas para la confección de declaraciones de Renta y se han atendido casi 2,8 millones de llamadas telefónicas a través de los diferentes servicios que ofrece la Agencia Tributaria.


La atención en oficinas con cita previa se mantiene abierta hasta el 30 de junio, pero la presentación a través de internet permanece también a disposición de los ciudadanos.


Asimismo, Hacienda recuerda que para este año sigue la regulación de 2014 respecto a los contribuyentes que están obligados a presentar la declaración del IRPF, por lo que en términos generales quedan excluidos aquellos cuyas rentas procedentes del trabajo no superen los 22.000 euros anuales.


No obstante, el baremo anterior queda reducido hasta los 11.200 euros por año si dichos rendimientos proceden de más de un pagador, salvo ciertas excepciones.