El bloqueo al crédito bancario aviva el préstamo entre particulares

Los notarios reciben una circular para extremar las precauciones ante cláusulas abusivas en este tipo de transacciones.

Aumentan los préstamos entre particulares
El bloqueo al crédito bancario fomenta los préstamos entre particulares

El cierre del grifo hipotecario por parte de las entidades financieras está fomentando los acuerdos entre particulares. Así lo señalan las asociaciones de consumidores, que alertan de los riesgos de este tipo de operaciones financieras e incluso de la legalidad de algunas empresas intermediarias nacidas en los últimos años.


Tal es la situación que el Consejo General del Notariado ha enviado una circular a sus miembros para que "extremen su celo profesional ante los prestamistas particulares". El motivo no es otro que la proliferación de demandas judiciales ante posibles prácticas engañosas.


Según los notarios, "estos préstamos suelen ser contratados por personas en difíciles situaciones económicas y máxima vulnerabilidad, que recurren a ellos como única vía para obtener crédito", ya que las cajas y bancos han endurecido sus requisitos para otorgarlos desde que irrumpió la crisis económica.


Como explica Paco Sanz, responsable de estudios de ADICAE Zaragoza, existen tres tipos de transacciones: las familiares, las no familiares y las realizadas a través de intermediarios. En cuanto a las primeras, "el único problema que puede existir es la declaración ante fiscal". Es decir, si un padre da a su hijo una cantidad de dinero, el donante debe justificar que no va a sacar rédito económico en la operación a través, por ejemplo, del cobro de intereses. Y el familiar que recibe el dinero, demostrar de dónde proviene.


En estos casos, muy habituales y que apenas presentan conflictividad, Sanz recomienda la firma de una escritura pública ante notario, o el registro de un impreso de transmisiones en la delegación de Hacienda en Aragón.


Son los otros dos casos los que presentan dudas, aunque se mantengan dentro de la legalidad vigente. "En el préstamo de dinero entre personas que no son familiares, el mayor riesgo son las condiciones financieras exigidas en la transacción", señala el representante de ADICAE. O lo que es lo mismo, intereses muy altos, cortos períodos de amortización, cláusulas abusivas... Unos intereses que oscilan desde el 8% hasta cifras mareantes del 35%, muy por encima del ofrecido por las entidades bancarias.


Y eso no es lo peor, según denuncian las asociaciones de consumidores, ya que muchos de estos contratos exigen, como requisito para su concesión, una hipoteca sobre la vivienda habitual. Por lo general, el valor de este inmueble marca la cantidad máxima a solicitar por el demandante de dinero, puesto que se fija un porcentaje -entre el 20 y 40%- de ese valor.


De esta forma, lo que se anuncia como una fuente de dinero rápido y sin apenas exigencias previas, se convierte en no pocas ocasiones en una trampa mayor para familias ya de por sí endeudadas, involucradas muchas de ellas en procesos de desahucio.


Empresas intermediarias

En este río revuelto, hay quien no ha tardado mucho tiempo en ver una oportunidad de negocio, y hace tiempo que se han asentado un buen número de empresas, sobre todo a través de internet, que ponen en contacto a ambas partes. Son los denominados intermediarios financieros privados.


Técnicamente no son entidades bancarias, un sector claramente regulado en España y en la Unión Europea, ya que -en teoría- no captan ahorros, sino que simplemente cobran una comisión por unir los intereses de personas con dinero y de personas con necesidades.


A los primeros se les ofrecen rendimientos elevados en un corto periodo de tiempo, y a los segundos, escasos requisitos de entrega. Desde ADICAE aseguran que "estas páginas, tal como ofertan sus productos financieros, y a pesar de no ser bancos, parecen actuar como tales al presentarse como una forma de invertir el ahorro", por lo que reclaman un "mayor control de este tipo de empresas".


Su actividad está controlada por la Administración, y todas las empresas deben inscribirse en un registro habilitado por las comunidades autónomas.