La Abogacía General del Estado y la LFP prohíben las pancartas a los grupos violentos

La medida, adoptada hace dos semanas, afecta a los partidos que el Real Zaragoza juegue en La Romareda en lo sucesivo.

Detalle del informe de la Abogacía General del Estado reemitido en circular a todos los clubes españoles por la Liga de Fútbol Profesional (LFP).
La Abogacía General del Estado y la LFP prohíben las pancartas a los grupos violentos
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La Abogacía General del Estado redactó un informe el pasado 9 de agosto, reemitido por la Liga de Fútbol Profesional (LFP) posteriormente a todas las entidades afectadas del fútbol español, en el que establece unas obligaciones de los clubes respecto de los grupos violentos catalogados por la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte (anteriormente, Antiviolencia).

En dicha circular, que el Real Zaragoza recibió en tiempo y forma, entre otras cuestiones de nueva aplicación y control, se advierte a "las personas organizadores de competiciones y espectáculos deportivos" que tienen la obligación de "no proporcionar ni facilitar a las personas o grupos de seguidores que hayan incurrido en las conductas definidas en los apartados primero y segundo del artículo 2 de la ley 19/2007, medios de transporte, locales, subvenciones, entradas gratuitas, descuentos, publicidad o difusión o cualquier otro tipo de promoción o apoyo de sus actividades".

Se trata de los grupos o personas que, por sus antecedentes violentos, "incumplen lo estipulado en esta ley". Y la Abogacía General del Estado considera que será considerada como infracción (prevista en el artículo 21.2.e) "la exhibición, permitiéndolo el club deportivo o entidad organizadora de la competición, de pancartas (entre otros elementos) en las que se contenga la denominación del grupo". En la circular enviada a todos los clubes, entre ellos el Real Zaragoza, se advierte de que, si esas pancartas están visibles en las gradas del estadio (en este caso, La Romareda), "constituye incumplimiento de la obligación impuesta en el texto legal".

Como aclaración final del epígrafe, la Abogacía General del Estado añade que "la publicidad o difusión, abarca sin ningún género de dudas la exhibición de la pancarta del grupo o colectivo y es un acto de publicidad o difusión de la existencia del propio grupo y por tanto su actividad, cuyo conocimiento se potencia cuando la competición deportiva es retransmitida y no cabe invocar el derecho a la libertad de expresión".

Por ello, una vez puestas en vigor estas nuevas normas legales, desde el primer partido oficial en La Romareda, este domingo 27 de agosto de 2017 frente al Granada, en el estadio zaragozano no se verán determinadas pancartas en las zonas donde se ubican últimamente grupos que son catalogados por la LFP y la Comisión Antiviolencia, por sus antecedentes, como violentos.

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