Multa de 100 euros por los graves insultos y amenazas a la árbitra que tuvo que ser atendida

El incidente es calificado como “leve de público” y el Villamayor deberá pagar esta cantidad por los insultos de sus aficionados.

Los graves insultos y amenazas que tuvo que escuchar la árbitra del encuentro de Segunda Regional entre el Villamayor y el Pina el pasado fin de semana y que derivaron en un ataque de ansiedad e incluso la necesidad de atención médica se han saldado con una multa económica de 100 euros. Así lo ha decidido el Subcomité de Competición de la Federación Aragonesa de Fútbol (FAA), que basándose en el Código Disciplinario de esta entidad ha calificado lo sucedido como “incidente leve de público”.


La colegiada, según relató en el acta del encuentro, se vio obligada incluso a suspender el partido cuando se sintió indispuesta por la actitud de varios aficionados, que la insultaron e incluso llegaron a desearle que “ojalá te estampes con el coche y te mates”. El incidente fue condenado por los ayuntamientos de ambas localidades en un comunicado conjunto y denunciado incluso por el Sindicato de Árbitros, una agrupación que recopila y difunde este tipo de sucesos por toda España.


“El artículo 15 del Código Disciplinario de la FAF establece la responsabilidad de los clubes cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, jugadores, técnicos o personas en general, se causen daños materiales o lesiones, se produzca invasión del terreno de juego, o se perturbe notoriamente el normal desarrollo del encuentro en tanto en cuanto resulte acreditado que el club en cuestión no adoptó las medidas

conducentes a la prevención de los hechos acaecidos, o que lo hizo negligentemente”, explica el Subcomité de Competición y Disciplina Deportiva Territorial en el acuerdo publicado tras su reunión.


Al final del documento, este órgano matiza el caso de la afición del Villamayor: “Las sanciones deben graduarse en atención a la gravedad y trascendencia del incidente, a las circunstancias concurrentes y a los antecedentes o no del infractor. Pues bien, conjugando todas las circunstancias resulta que los hechos sucedidos, independientemente de las consecuencias que éstos obraron sobre la psique de la colegiada, a juicio del Comité de Instancia merecen el grado de incidente leve de público”.


Y, por último, explica y cuantifica la sanción: “Así las cosas y con las premisas antedichas se acuerda imponer al C.D. Villamayor la multa al margen reseñada por los incidentes de publico recogidos por la colegiada en su informe que de acuerdo con el vigente ordenamiento reglamentario se califican como leves al amparo de lo dispuesto en el artº 110 en relación con el artículo 15 del Código Disciplinario de la FAF. (Artículo: 110 Sanción Económica 100.00 €)”.


Además, "se requiere al Villamayor para que con anterioridad a las 14.00 del próximo martes 9 de los corrientes informe a este Subcomité de Competición de la identidad de las personas que intervienen en el incidente de público y haga constar si alguna de ellas está sujeta a la disciplina federativa".


El partido acabará a puerta cerrada


Además, en el apartado de resoluciones especiales del mencionado acuerdo, el Subcomité de Competición y Disciplina Deportiva Territorial considera “el encuentro como suspendido con el resultado que figuraba en el marcador, esto es, empate a un gol en el momento que se decretó la detención del mismo” y señala “la fecha del próximo sábado 5 de marzo de 2016 para su continuación a puerta cerrada”.

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