PRENSA

La propiedad intelectual de los editores, respaldada por la justicia

Un tribunal madrileño ha fallado en favor de los dueños de 57 diarios españoles, que denunciaron a una empresa de 'press-clipping' por vender sus contenidos sin permiso.

El juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha condenado a la empresa RGR, especializada en 'press-clipping' (elaboración y venta de dosieres con recortes y materiales extraídos de la prensa), "a cesar de forma inmediata" en la "reproducción y recopilación íntegra y comunicación pública" de los contenidos de 57 periódicos sin contar con la autorización de estos.

La sentencia, hecha pública por la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE), establece que "en el caso de la prensa escrita de publicación diaria será el editor quien ostente de modo originario los derechos de propiedad intelectual sobre esa obra y sus aportaciones originales".

Este fallo se suma a otro de hace un año, que condenó en los mismos términos a otra empresa, Documentación de Medios, que tampoco contaba con las autorizaciones de los editores para recopilar noticias. Los editores de periódicos decidieron iniciar acciones judiciales contra este tipo de empresas hace ya tres años, al entender que podía afectar a su negocio.

Según un estudio de la consultora Ipsos, más de seis millones de personas reconocen recibir resúmenes de prensa en su trabajo y el 84% reconoce que si no tuviera esos resúmenes, compraría más periódicos.

Lucro por el esfuerzo ajeno

La sentencia del juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid afirma que "la actividad llevada a cabo por la demandada consiste en un ofrecimiento al público, a cambio de una remuneración, de la realización de recopilación de artículos periodísticos de prensa escrita, careciendo (su actividad) de creatividad alguna, percibiendo una remuneración con aprovechamiento del esfuerzo y actividad de organización y empresarial ajena".

Sobre esa base, justifica la condena a RGR al declarar que los editores "son titulares de los derechos de propiedad intelectual, en su consideración de obra colectiva", y que la actuación de RGR "supone una infracción de los derechos de propiedad intelectual", y que esa misma actividad "se realiza sin la correspondiente autorización de los titulares de la propiedad intelectual, y a pesar de la oposición expresa de los editores".

Asimismo, el Tribunal reconoce expresamente a los periódicos la condición de obra colectiva, es decir, "la creada por la iniciativa y bajo la coordinación de una persona natural o jurídica que la edita y divulga bajo su nombre, y está constituida por la reunión de aportaciones de diferentes autores cuya contribución personal se funda en una creación única, sin que sea posible atribuir separadamente a cualquiera de ellos un derecho sobre el conjunto de la obra realizada". Así, "los derechos originarios de propiedad intelectual sobre la obra colectiva se atribuyen por ley al editor".

Valoraciones

Ignacio Benito García, director general de la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE), destacó que esta es "la segunda sentencia favorable a los editores respecto a sus derechos de propiedad intelectual, lo que representa un paso muy importante por cuanto supone sobre reconocimiento de estos derechos para los editores".

Sin embargo, Press Index (antes RGR) hizo ayer público un comunicado en el que afirma: "La sentencia, que ha tardado más de un año en redactarse, adolece de cualquier fundamentación jurídica, por lo que será recurrida y ha sido objeto de solicitud de aclaración ante el propio juzgado".

La empresa de 'press-clipping' demandada señala que no está de acuerdo con la resolución del juzgado número 1 de lo Mercantil porque su sentencia "plantea que la actividad que venimos desarrollando desde hace más de veinte años debe pasar por un acuerdo con los grupos editoriales y no con los periodistas, a los que hemos estado remunerando desde 2007 de acuerdo con la literalidad del art. 32.1 de la Ley de Propiedad Intelectual".

Por todo ello, Press Index argumenta que su grupo "quiere dejar constancia de que respeta la legalidad en todos los países en los que opera, especialmente en materia de propiedad intelectual" y agrega que "mantiene acciones constantes en la búsqueda de acuerdos con autores, editores y asociaciones de editores, en todos los países incluido España, para ofrecer a sus clientes los servicios en un clima de seguridad y respeto a la normativa establecida".

En consecuencia, la empresa anuncia a sus clientes que "dicha sentencia, que no es firme, no tendrá ningún efecto en la prestación de nuestros servicios" y que continuará desarrollando su actividad "con absoluta normalidad".