¿En una vivienda en alquiler, quién debe pagar el seguro?

¿En una vivienda en alquiler, quién debe pagar el seguro?

Se terminaron las dudas sobre las responsabilidades del inquilino y el propietario.

¿En una vivienda en alquiler, quién debe pagar el seguro?
¿En una vivienda en alquiler, quién debe pagar el seguro?

Cada uno lo suyo, así de sencillo. Un seguro de hogar parte de unas condiciones generales, impuestas por la aseguradora y otras particulares, que se ajustan a los intereses comunes de la empresa y el asegurado.


En el caso de vivir de alquiler en un inmueble cada miembro del contrato suele escoger la cobertura adecuada para su propiedad, por ello, conocer el origen de la avería es prioritario para emitir el informe pericial y determinar la responsabilidad del seguro.


Las coberturas pueden ser de tres tipos: De Responsabilidad Civil. Una cobertura básica en muchos de los seguros de hogar. Este ámbito atiende las reparaciones relativas a daños que el asegurado genera a terceras personas. Si, por ejemplo, se estropea la lavadora y el agua se filtra al techo del vecino de abajo, el seguro de responsabilidad civil cubrirá los desperfectos. En este sentido, la póliza incluso cubre las consecuencias de determinadas acciones que realicen los miembros de la familia, incluido el perro, en su vida diaria y que hayan afectado a terceras personas. Eso sí, en caso de tratarse de una raza categorizada como peligrosa, el animal deberá contar con un seguro específico. De continente. Este ámbito cubre todo lo relativo a la estructura del inmueble: el suelo, los techos, las ventanas, las puertas, la instalación de agua y eléctrica, etc. Así por ejemplo, si se produce una subida de tensión en la red que afecta a los aparatos electrónicos que tengas conectados, la reparación está cubierta. Para este tipo de coberturas, en el caso de ser arrendatario, es el propietario quien se encarga de contratar este tipo de cobertura. Cobertura del contenido. Se refiere a la reposición o reparación de los enseres que se encuentran en el interior del hogar. Resulta especialmente útil en el caso de que un suceso cubierto en la póliza deteriore el mobiliario o se sea víctima de un robo. Incluso si se produjera un corte de luz de más de seis horas, estarían cubiertos los alimentos del frigorífico deteriorados por ello. Si en un contrato de alquiler el arrendatario es el propietario de los muebles, es recomendable que contrate este tipo de seguro.